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TC ‘rectifica’ tres fallos del Poder Judicial para favorecer a Grupo Añaños

LA PRIMERA advirtió hace varias semanas sobre el peligro de esta pretendida instancia suprajudicial.

El Tribunal Constitucional (TC) acaba de emitir otro fallo escandaloso que no parece ruborizar a sus siete miembros, aunque enmienda la plata a las tres instancias del Poder Judicial para favorecer sin rubor alguno al poderoso Grupo Añaños.

Se trata de una contienda presentada por el clan Añaños en el TC que obliga a reconocer que el producto Free Tea es alimenticio, con lo que el TC libra olímpicamente a Aje Group de pagar 239 millones de soles en impuestos.

Pero el escandaloso fallo del TC colisiona frontalmente con tres sentencias previas del Poder Judicial que obligaban al grupo empresarial a pagar Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) por este producto.

El tribunal, encabezado por Francisco Humberto Morales Saravia (53), ha dispuesto que la Corte Superior se vuelva a pronunciar sobre este espinoso tema, pero le ordena increíblemente que falle a favor de la compañía.

El fallo menciona: ‘Disponer que la Sexta Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros de la Corte Superior de Justicia de Lima emita una nueva resolución cuya motivación observe lo indicado en la presente sentencia’.

En este punto se debe hacer un poco de historia. En el año 2010, Ajeper, subsidiaria de Aje Group, el grupo de los Añaños, recurrió al Poder Judicial para sacarle la vuelta a la Sunat por los impuestos de la susodicha bebida.

El grupo de los Añaños sostenía que el brebaje tenía propiedades antioxidantes y vitamínicas, porque contiene extracto de TeAvigo (Té Verde) con efectos antinflamatorios y beneficios cardiovasculares, por lo que no debía pagar el impuesto.

La Sunat, en cambio, dijo que el producto no era más que agua con una adición de azúcar y otro edulcorante y aromatizador, por lo que Free Tea debía pagar el 17% de impuesto que ordena la ley.

Los Añaños perdieron en tres tribunales a lo largo del tiempo: en el 2013 en primera instancia, en el 2014 en segunda instancia y en el 2017 en la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema.

Las tres instancias concluyeron que la bebida de los Añaños era agua tratada con 20% de té que carece de valor nutricional y que debe pagar impuesto al consumo.

El informe técnico de la División de Laboratorio Central de la Sunat afirma que el producto está compuesto en 20% por extracto de té verde, 56.54% de agua tratada, 23.12% de jarabe de azúcar y pequeñas cantidades de ácido cítrico y fosfórico, ambos con acidulante, colorante sintético y saborizante natural’.

La conclusión fue que se trataba de una ‘bebida no alcohólica con adición de azúcar, utilizada como bebida refrescante’.

En el 2018, los Añaños fueron al TC con todo su equipo de abogados, entre los que se cuenta Lourdes Celmira Rosario Flores Nano (63), donde ahora- contra todo pronóstico- han logrado traerse abajo los tres peldaños del Poder Judicial.

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