Aprueban plan de protección de Reserva Indígena Yavarí Tapiche

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Para determinar acciones multisectoriales que protejan a los pueblos indígenas en aislamiento

El Ministerio de Cultura aprobó el plan de protección de la Reserva Indígena Yavarí Tapiche, ubicada en la región Loreto, principal instrumento de gestión del área, orientado a garantizar los derechos al territorio, la salud y la vida de los pueblos indígenas en situación de aislamiento matsés, remo (isconahua), marubo y otros.

El Ministerio de Cultura aprobó el plan de protección de la Reserva Indígena Yavarí Tapiche, ubicada en la región Loreto, principal instrumento de gestión del área, orientado a garantizar los derechos al territorio, la salud y la vida de los pueblos indígenas en situación de aislamiento matsés, remo (isconahua), marubo y otros, cuya pertenencia étnica no ha sido posible identificar.
A través de la Resolución Ministerial Nº 000385-2021-DM/MC publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, el Plan de Protección determina las acciones específicas que cada sector, institución u organización que, en el marco del Régimen Especial Transectorial de Protección de los derechos de los PIACI, se deberán cumplir en el marco de sus competencias. 
Implementación
Las acciones del plan de protección serán implementadas por un Comité de Gestión de Protección, presidido por el Ministerio de Cultura, y conformado por actores públicos de nivel nacional y de la región Loreto, comunidades nativas del ámbito de la reserva indígena, las organizaciones indígenas representativas de los pueblos y otras instituciones de la sociedad civil vinculadas o con interés en la protección de la reserva.
Desde el Viceministerio de Interculturalidad se precisa que el Plan de Protección de la Reserva Indígena Yavarí Tapiche proyecta el desarrollo de una serie de actividades a ser ejecutadas por el Ministerio de Cultura y otras instituciones competentes, como:
a) Consolidar mecanismos de prevención y protección del territorio de la Reserva en el que viven los pueblos indígenas en aislamiento (PIA), con la participación de las poblaciones locales, sus autoridades, las organizaciones indígenas y el Estado, para salvaguardar sus derechos a la vida y a la salud.
b) Contribuir a mejorar la salud y bienestar de la población local de las comunidades nativas y/o campesinas cercanas o colindantes a la Reserva para asegurar el cordón sanitario, lo cual será liderado por el Ministerio de Salud y en coordinación con el MC, las organizaciones indígenas, gobiernos locales y actores aliados.
c) Informar, sensibilizar y capacitar a la población local, los actores económicos privados, los sectores y niveles de gobierno que realizan acciones o intervienen en las localidades cercanas a la reserva sobre la vulnerabilidad y derechos de los PIACI y los protocolos de actuación.
d) Consolidar los espacios de articulación multisectorial para la implementación y seguimiento de las medidas establecidas para la protección de los PIA de la Reserva.
A la fecha se cuenta con un puesto de control y vigilancia en la comunidad nativa Bellavista, ubicada en la parte alta del río Tapiche (principal zona de acceso a la solicitud de reserva indígena); el cual está a cargo de 3 agentes de protección, quienes brindan las alertas tempranas respecto a la situación de la zona.
Primera reserva indígena
La Reserva Indígena Yavarí Tapiche se localiza entre los distritos de Soplín, Alto Tapiche y Yaquerana de la provincia de Requena, y fue la primera solicitud de creación de reserva indígena categorizada por el Estado peruano el 10 de abril del 2021 mediante el Decreto Supremo N° 007-2021-MC, en el marco de lo establecido en la Ley N° 28736, constituyéndose como un gran avance en la protección de los derechos de los PIACI.
La Reserva Indígena Yavarí Tapiche fue inscrita en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, para brindar seguridad jurídica al área de más de un millón de hectáreas en donde viven los pueblos indígenas en situación de aislamiento.
Los Planes de Protección de Reservas, conforme a lo dispuesto por el artículo 43 del Decreto Supremo N°008-2016-MC, son instrumentos de gestión específicos para cada reserva, orientados a garantizar el respeto a los derechos, a la vida y a la salud de los PIACI cuyo reconocimiento ha sido declarado en dicha área. 
Determinan las acciones específicas que cada sector, institución u organización, en el marco del Régimen Especial Transectorial de Protección de los derechos (RET) de los PIACI deberán cumplir en el marco de sus competencias, para abordar las condiciones y problemática específica de cada reserva, por un período de 5 años.

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