En el documento se pide que los alcances de la denominada ley de impunidad apliquen al caso Huanta “de conformidad con los principios de legalidad y de prohibición de retroactividad” teniendo en cuenta que la Ley N° 32107 señala que el Estatuto de Roma de la Corte Internacional entró en vigencia en el Perú el 1 de julio del 2000, en concordancia con el artículo 126 del mencionado Estatuto y que la Convención sobre la imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra de los Crímenes de lesa humanidad entró en vigencia en el ordenamiento jurídico peruano el 9 de noviembre del 2003.
En tanto, al haberse cometido los presuntos crímenes de Augusto Gabilondo García del Barco entre junio, julio y principios de agosto de 1984, más de 20 años de la entrada en vigencia del Estatuto de Roma y la Convención sobre la imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra de los Crímenes de lesa humanidad, piden que se corte a secuela del juicio y se proceda con el archivamiento del caso. Así como levantar todas las ordenes de captura y restricciones contra el exmarino tanto a nivel nacional como internacional.
Finalmente, la congresista de la bancada Bloque Democrático Popular presentó un proyecto de ley para derogar la ley de impunidad que beneficia a los criminales de guerra e impide que las víctimas obtengan justicia y reparación. Y, de pate de los fiscales que integran el subsistema especializado en derechos humanos e interculturalidad a nivel nacional emitieron un comunicado dirigido al fiscal de la Nación, Juan Carlos Villena Campana, con la finalidad de que interponga ante el Tribunal Constitucional una demanda de inconstitucionalidad contra la cuestionada norma.