Congreso: proponen que Indecopi sea organismo constitucional autónomo

0
649
ANDINA/Difusión

La Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso propuso esta mañana una reforma constitucional que eleva al Instituto de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), como organismo constitucional autónomo.
En la sesión conducida por la presidenta de la comisión, Patricia Juárez, se busca que el Indecopi pueda hacer frente a cualquier tipo de injerencia política en la toma de decisiones.
“Los proyectos de ley en estudio plantean una reforma constitucional que incorpora el artículo 65-A a la Constitución Política del Perú con la finalidad de resolver la falta de autonomía real del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, pues por ley esta se encuentra adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros”, indicó la también congresista de Fuerza Popular.
Juárez señaló que, al tener autonomía para el adecuado cumplimiento de sus funciones, habrá un menor riesgo y posibilidad de injerencia política de los Gobiernos de turno al tener un Consejo Directivo nombrado sobre la base de un proceso democrático y meritocrático.
La propuesta también establece como funciones del Indecopi proteger la libre iniciativa privada y la libertad de empresa, defender la libre y leal competencia, vigilar el proceso de facilitación del comercio exterior, corregir las distorsiones en el mercado provocadas por el daño derivado de prácticas de dumping y subsidios.
Además, establece proteger el crédito mediante la conducción de un sistema concursal que reduzca costos de transacción y promueva la asignación eficiente de los recursos, proteger los derechos de los consumidores, de la propiedad intelectual, realizar el control previo de operaciones de concentración empresarial y las demás funciones que señale su ley orgánica.
Finalmente, la propuesta dispone que el Consejo Directivo del Indecopi estará conformado por cinco miembros titulares y el mismo número de miembros suplentes, seleccionados y nombrados por un Comité Evaluador, y ratificados por la Comisión Permanente del Congreso para un periodo de siete años.

LEAVE A REPLY

Please enter your comment!
Please enter your name here