CORRUPCIÓN Y CONSTITUCIÓN

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La propalación de los audios, que corresponderían a conversaciones nada santas entre Zamir Villaverde y el ex ministro de Transportes y Comunicaciones Juan Silva, así como la grabación de las expresiones presidenciables dichas por la presidenta del Congreso de la República, María del Carmen Alva, son un tema ineludible y de obligado tratamiento.
Los peruanos ya estamos curados del susto y hemos perdido lamentablemente la capacidad de asombro e indignación por todo lo que nos ha tocado ver y oír en materia de corrupción, a los largo de las últimas décadas. Nos ha tocado ver videos mostrando contubernios, sobornos, refiles, maletines cargados de dinero, entre otros y audios comprometedores, que han llevado a investigaciones y posteriores denuncias fiscales, todas ellas enmarcadas en lo que estipula la ley de leyes, o sea la Constitución Política del Perú.
En base a ello, Benji Espinoza, abogado del presidente Pedro Castillo, presentó el martes último un recurso de nulidad absoluta ante la Fiscalía de la Nación para que se deje sin efecto la decisión de investigar al jefe de Estado y que la pesquisa se suspenda hasta que concluya su mandato, defendiendo el derecho constitucional que le asiste, tal cual fue ejecutado en los casos de los ex presidentes Alejandro Toledo y Ollanta Humala. No hay razón porqué aplicar la ley del embudo, hacerlo sería demostrar que, en la administración de justicia, hay preferencias políticas por las presiones de los grupos de poder económico representados por la derecha.
Cabe mencionar que el fiscal de la Nación abrió investigación contra el presidente Castillo por los presuntos delitos de organización criminal, tráfico de influencias y colusión agravada. La decisión la adoptó en una ampliación del caso seguido contra el exministro de Transportes y Comunicaciones Juan Silva y un grupo de congresistas conocidos como “Los Niños”.
En defensa de los derechos constitucionales del presidente Castillo, el segundo paso, adelantó Espinoza, será acudir al Poder Judicial para que un juez de investigación preparatoria pueda analizar una tutela de derecho.
“Si la nulidad no prosperara, de inmediato, vamos a presentar una acción de tutela de derechos que va a tener que ser conocida por un juez de investigación preparatoria que luego de una audiencia pública resolverá si tenemos derecho o no. Creo que tendrá que intervenir la Sala Penal de Apelaciones Suprema porque si nos dan la razón apelará la fiscalía y si no nos da la razón, apelaremos nosotros”, estimó.
Espinoza Ramos cuestionó la decisión de investigar en funciones a Pedro Castillo. Remarcó que para los funcionarios públicos rige el principio de “taxatividad”, ya que solo pueden hacer lo que la norma les permite. “Ahora, ellos dicen, como no está prohibido investigar, entonces está permitido. Esa interpretación está errada. Para los ciudadanos lo que no está prohibido, está permitido, pero para los poderes públicos no”, indicó claramente el abogado presidencial.
Entonces por todo lo planteado lo que la opinión pública parece saber y exige es que a los presidentes y expresidentes se les mida con la misma vara, de acuerdo a la Constitución y respetando de manera igualitaria sus derechos plasmados en la Carta Magna. No hay derecho a hacer diferencia con algún presidente y mucho menos permitir que las fuerzas políticas ejerzan presión sobre el Ministerio Público o el Poder Judicial.
Entonces lo que estamos presenciando es una especie cacerías de brujas dirigida por la derecha opositora, que desde el primer día del régimen de Perú Libre, su única propuesta fue la de pedir la vacancia presidencial. Con ese tipo de oposición prejuiciosa insana y convenida a sus interese económicos es muy difícil gobernar un país. Hasta la próxima semana mis amigos de Primera.

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