Señala juez supremo penal Manuel Luján Túpez
El cohecho, peculado y colusión en su modalidad agravada se sancionan hasta con 15 años de prisión y no tienen beneficios.
El juez supremo penal Manuel Luján Túpez reveló que el delito de colusión es el que más se imputa a funcionarios públicos, incluidos los altos dignatarios (expresidentes de la república, ministros, congresistas), y representa el 25 % del total de conductas ilícitas denunciadas.
Señaló que luego siguen los delitos de peculado (19 %), cohecho con 18 %, negociación incompatible con 13 %, tráfico de influencias con 6 % y otros.
“El delito de colusión supone el encuentro o concierto de voluntades entre el funcionario público, y a veces privados, o entre los mismos integrantes de la administración pública, con la finalidad de obtener un provecho propio o para un tercero, concertar para defraudar al Estado”, explicó el magistrado.
Sostuvo que el delito de peculado es el equivalente al robo o al hurto si se hablara de privados. “Cuando el agraviado es el Estado y se apropian de dinero, caudales o efectos que son del Estado, es peculado”, precisó.
Refirió que “el delito de cohecho es un delito de relación, es decir, de encuentro entre dos personas, una que ofrece un beneficio, una promesa o un dinero a otra (funcionario público), para que este haga o deje de hacer algo que le corresponde, el cohecho tiene el título más común de ‘coima’ o soborno”.
“Los delitos contra la administración pública pueden ser cometidos por todos los funcionarios públicos, algunos están vinculados a funcionarios que manejan dinero como ministros, gobernadores regionales, alcaldes; y otros vinculados a las infracciones de los deberes, que pueden alcanzar al más alto dignatario (presidentes de la república, congresistas, ministros), regidores, profesores, policías, etc., todo aquel que ejerce una función o servicio público”, añadió.
15 AÑOS DE CÁRCEL
Añadió que la mayoría de este tipo de delitos tienen penas que van desde los cuatro hasta los 15 años. “La mayoría de estos delitos no poseen beneficios penitenciarios, esto significa que los sentenciados tienen que cumplir todo el tiempo de la pena que se les haya impuesto”, acotó.
Los delitos contra la administración pública que tienen la mayor pena son los agravados: El peculado, cuando afecta dineros u obras que son de bien social (un hospital, un centro educativo o un proyecto social), tiene una pena agravada que va de ocho hasta 15 años.
También está el cohecho pasivo específico cuando el sobornado es un juez, un fiscal, un perito, un árbitro, en este caso la pena también es de ocho a 15 años.
“En el caso de la colusión, si no se llega a perjudicar al Estado, si solo se quedó en el arreglo, pero no llegó a perjudicar al Estado, el delito se sanciona con una pena de tres a seis años, pero si llegó a perjudicarse al Estado, si se concretó el pacto ilícito la pena va de seis a 15 años”, explicó.
Los delitos de colusión, concusión, peculado, tráfico de influencias, sobre todo si son agravados no poseen beneficios penitenciarios, esto significa que deben cumplir la totalidad de la pena impuesta en las sentencias.
El magistrado, por otro lado, resaltó la respuesta del sistema judicial contra los altos funcionarios investigados por delitos de corrupción en nuestro país.
“Somos el único país en el mundo que ha procesado a expresidentes de la república, y no solo se los lleva en ‘figuritas’ y les hace un juicio simbólico (…) sino que es real y terminan con sentencias. Yo tomo la lección desde el lado positivo, que los peruanos/as pueden tener la confianza de que el sistema de justicia en el país funciona”.