Pedro Castillo: Declaran infundada revisión de medida de prisión preventiva

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ANDINA

El juez Juan Carlos Checkley declaró infundada la revisión de oficio de la medida de prisión preventiva dictada contra expresidente Pedro Castillo, en investigación que se le sigue por la presunta comisión del delito de rebelión.

Esta información fue dada a conocer a través de la cuenta oficial del Poder Judicial en la plataforma X (antes Twitter).

Declarar infundada la revisión de oficio de la prisión preventiva dictada contra el imputado José Pedro Castillo Terrones, y consecuentemente, se declara la vigencia de la medida preventiva por el plazo de 18 meses dictada por este Juzgado Supremo mediante resolución, confirmada por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema“, señala la resolución.

Como se recuerda, al expresidente se le sigue un proceso como presunto coautor del delito contra los Poderes del Estado y el orden constitucional, modalidad rebelión, previsto y sancionado en el artículo 346 del Código Penal, en agravio del Estado.

Además, el exmandatario también se le investiga alternativamente por el presunto delito contra los Poderes del Estado y el orden constitucional – conspiración, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 349 del Código Penal, en agravio del Estado.

Asimismo, como presunto autor del delito contra la administración pública – abuso de autoridad, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 376 del Código Penal, en agravio del Estado.Además, como presunto autor del delito contra la tranquilidad pública – delito contra la paz pública, en la modalidad de delito de grave perturbación de la tranquilidad pública, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 315 A del Código Penal, en agravio de la sociedad.

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Pedro Castillo: Declaran infundada revisión de medida de prisión preventiva

ANDINA

ANDINA

15:00 | Lima, dic. 23.

    

El juez Juan Carlos Checkley declaró infundada la revisión de oficio de la medida de prisión preventiva dictada contra expresidente Pedro Castillo, en investigación que se le sigue por la presunta comisión del delito de rebelión.

Esta información fue dada a conocer a través de la cuenta oficial del Poder Judicial en la plataforma X (antes Twitter).

Declarar infundada la revisión de oficio de la prisión preventiva dictada contra el imputado José Pedro Castillo Terrones, y consecuentemente, se declara la vigencia de la medida preventiva por el plazo de 18 meses dictada por este Juzgado Supremo mediante resolución, confirmada por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema“, señala la resolución.

Como se recuerda, al expresidente se le sigue un proceso como presunto coautor del delito contra los Poderes del Estado y el orden constitucional, modalidad rebelión, previsto y sancionado en el artículo 346 del Código Penal, en agravio del Estado.

Además, el exmandatario también se le investiga alternativamente por el presunto delito contra los Poderes del Estado y el orden constitucional – conspiración, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 349 del Código Penal, en agravio del Estado.

Asimismo, como presunto autor del delito contra la administración pública – abuso de autoridad, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 376 del Código Penal, en agravio del Estado.

Además, como presunto autor del delito contra la tranquilidad pública – delito contra la paz pública, en la modalidad de delito de grave perturbación de la tranquilidad pública, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 315 A del Código Penal, en agravio de la sociedad.

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