S/ 197,500 pagarían empresas por no registrar a sus trabajadores

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10-1Todo trabajador debería contar con beneficios sociales correspondientes.

La Superintendencia de Fiscalización Laboral (Sunafil) verificó si los trabajadores de diferentes restaurantes ubicados en el distrito de San Borja se encuentren registrados en las planillas electrónicas y accedan a sus beneficios laborales, como trabajadores formales.

La intervención se realizó en la avenida Rosa Toro, en razón que concentra un considerable número de trabajadores como cocineros, azafatas, personal administrativo, ayudantes, entre otros, quienes laboran desde tempranas horas del día.

Durante la intervención, los fiscalizadores solicitaron a los dueños o responsables de los establecimientos la información contenida en la planilla electrónica a fin de observar la situación de sus trabajadores, pues este documento brinda el reconocimiento como trabajador, y por ende, el acceso a los beneficios sociales correspondientes.

De igual manera, durante estas acciones de fiscalización se orientó sobre los beneficios de contar con una planilla electrónica para la empresa, como la eliminación de costos de tramitación de planillas de pago físicas, la reducción de costos de almacén de planillas y un adecuado control tributario, entre otros.

Cabe indicar que los empleadores se encuentran en la obligación de llevar planillas electrónicas si cuentan con 1 o más trabajadores, prestadores de servicios y/o personal de terceros, pensionistas que sean asegurados obligatorios del Sistema Nacional de Pensiones, prestadores de servicios en la modalidad formativa o artistas (Ley N° 28131).

Sanciones por no tener a trabajadores en planillas

Las multas que podrían imponerse por no registrar a un trabajador en la planilla constituye una falta grave en materia sociolaboral, e iría desde los 987.5 soles (0.25 % UIT) hasta los 3,950 soles (1UIT) en caso de una microempresa.

Mientras que para la pequeña empresa sería desde 3,950 soles (1UIT) hasta los 39,500 soles (10 UITS), y para el régimen general o No Mype desde 11,850 soles (3 UIT) hasta los 197,500 soles (50 UIT).

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