CANDIDATURA DE LÓPEZ ALIAGA EN LA CUERDA FLOJA

El JEE declaró inadmisible la lista de Renovación Popular mientras verifica si el alcalde de Lima mantiene impedimentos tras ser proclamado senador electo.

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro declaró inadmisible la lista de candidatos presentada por Renovación Popular para las Elecciones Regionales y Municipales (ERM) 2026 y formuló observaciones a la candidatura de Rafael López Aliaga como teniente alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima. La decisión se basa en la necesidad de esclarecer su situación jurídica tras haber sido proclamado senador electo para el periodo 2026-2031, según una resolución emitida por el órgano electoral.

La medida alcanza también a otras 21 organizaciones políticas, cuyas listas fueron declaradas inadmisibles y deberán subsanar las observaciones formuladas dentro del plazo legal establecido.

Observación sobre la candidatura de López Aliaga

De acuerdo con la Resolución N.° 04068-2026-JEE-LICN/JNE, el JEE advirtió que Rafael López Aliaga figura como senador electo para el periodo parlamentario 2026-2031, condición proclamada oficialmente por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

El documento señala que, además de dicha proclamación, existe información pública relacionada con una presunta renuncia o desistimiento al cargo congresal, circunstancia cuya situación jurídica aún debe ser acreditada por Renovación Popular.

Por ello, el órgano electoral solicitó que la organización política presente la documentación correspondiente para verificar el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad y confirmar que no existe impedimento legal para mantener la candidatura municipal.

Renovación Popular deberá presentar documentación

La resolución dispone que Renovación Popular informe y sustente documentalmente la situación actual de López Aliaga respecto de su proclamación como senador electo.

Solo una vez evaluada esa información, el Jurado Electoral Especial determinará si corresponde admitir definitivamente la lista de candidatos o mantener las observaciones formuladas.

Una situación similar fue advertida respecto de Guillermo Valdivieso, candidato a regidor de la agrupación, quien recientemente fue proclamado parlamentario andino electo.

Más de veinte organizaciones también fueron observadas

La decisión del JEE no afecta únicamente a Renovación Popular. En total, 22 organizaciones políticas recibieron observaciones a sus listas de candidatos para los comicios municipales y regionales.

Entre ellas figuran Acción Popular, Ahora Nación, Avanza País, Frente de la Esperanza 2021, Fuerza Ciudadana, Fuerza Popular, Juntos por el Perú, Partido Cívico Obras, Partido Demócrata Verde, Partido Morado, Perú Libre, Podemos Perú, Partido Popular Cristiano, Pueblo Consciente, Somos Perú, Partido Patriótico del Perú y Visión Perú, entre otras.

Todas las agrupaciones cuentan con un plazo de dos días hábiles para presentar las subsanaciones requeridas por la autoridad electoral.

Alcances de la inadmisibilidad

La declaración de inadmisibilidad no implica el rechazo definitivo de una candidatura. Conforme al procedimiento electoral, esta figura permite a las organizaciones políticas corregir omisiones o presentar documentación adicional antes de que el Jurado Electoral Especial adopte una decisión definitiva sobre la admisión de las listas.

En ese marco, el cumplimiento de los requisitos exigidos determinará la continuidad o eventual exclusión de las postulaciones observadas.

Próximos pasos del proceso

Una vez vencido el plazo para presentar los descargos, el Jurado Electoral Especial evaluará la documentación remitida por las organizaciones políticas y emitirá las resoluciones correspondientes.

En el caso de Renovación Popular, la definición dependerá de la acreditación formal de la situación jurídica de Rafael López Aliaga respecto de su condición de senador electo y de la inexistencia de incompatibilidades legales para postular al cargo municipal.

Panorama

La observación formulada por el Jurado Electoral Especial abre una etapa de revisión documental para Renovación Popular y otras organizaciones políticas que participan en las Elecciones Regionales y Municipales 2026. La decisión final sobre la admisión de las candidaturas dependerá del cumplimiento de los requisitos legales y de la evaluación que realice la autoridad electoral dentro de los plazos establecidos.