Al candidato presidencial de Renovación Popular, Rafael López Aliaga, pareció metérsele el diablo cuando tomó conocimiento de la decisión del Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 que resolvió excluirlo de las elecciones por declarar que la mitad de lo que gana lo dona a ayuda social. Esto, según la entidad electoral, vulnera el artículo 42° de la Ley de Organizaciones Política (LOP) que especifica que si la dádiva supera las 2 UIT la consecuencia legal aplicable es la exclusión.