Veda de la trucha arco iris rige a partir del 1 de abril

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PÁG. 12-2 TRUCHA ARCO IRISCon el fin de salvaguardar la reproducción de la Trucha Arco Iris (Oncorhynchus mykiss) que anualmente se registra en los cuerpos de agua altoandinos de Arequipa, el Ministerio de la Producción estableció la veda reproductiva de este recurso en dicha región a partir del próximo 1 de abril, quedando prohibida su extracción, transporte, comercialización y procesamiento.

La Resolución Ministerial N° 101-2016-Produce, publicada en el boletín de Normas Legales, establece que la referida veda reproductiva comprenderá hasta el 31 de julio.

Asimismo, la norma precisa que los titulares de concesiones para el cultivo del recurso, que acrediten contar con stock en volumen y talla comercial ante la Gerencia Regional de la Producción, podrán excepcionalmente cosechar y comercializar el stock.

PESCADORES ARTESANALES

Por otro lado, se exceptúa de dicha prohibición a las comunidades y agrupaciones de pescadores artesanales que realicen la extracción de la “trucha arco iris” en cuerpos de agua cerrados que no tengan comunicación con ríos. Las comunidades que no cuenten con autorización para efectuar el poblamiento o repoblamiento del recurso y acrediten que dichos ambientes hídricos han sido materia de poblamiento o repoblamiento mediante actas, facturas, convenios u otros documentos.

El Instituto del Mar del Perú (Imparpe) tendrá a su cargo la ejecución de monitoreo del estado reproductivo de la “trucha arco iris” a fin de que ejecute acciones de investigación que permitan evidenciar cambios en el patrón de maduración del citado recurso, recomendando oportunamente las medidas de manejo pertinentes.

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