La Sala Penal Permanente declaró fundado un recurso de casación y dejó sin efecto la indagación fiscal vinculada a la campaña presidencial de 2011.

La Corte Suprema de Justicia de la República resolvió archivar la investigación por presunto lavado de activos y asociación ilícita seguida contra el expresidente Pedro Pablo Kuczynski y la banquera Susana María de la Puente Wiese, en el marco de los aportes a la campaña presidencial de 2011. La decisión se adoptó tras declarar fundado un recurso de casación, con lo que quedó sin efecto la indagación que conducía el Equipo Especial Lava Jato.
Antecedentes y contexto del fallo
El caso se originó por las diligencias fiscales que investigaban presuntas gestiones de financiamiento irregular a favor de la campaña de Alianza para el Gran Cambio en 2011. De la Puente Wiese y Kuczynski eran investigados por los presuntos delitos de asociación ilícita y lavado de activos, bajo la hipótesis de que se habrían canalizado fondos de origen ilícito procedentes de Brasil.
La investigación se tramitó en el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, dentro del Expediente N.° 0054-2019-8-5001-JR-PE-01, como parte de los procesos derivados del caso Lava Jato en el Perú.
Decisión de la Sala Penal Permanente
La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema acogió el recurso presentado por la defensa de De la Puente Wiese y resolvió anular la investigación fiscal. De acuerdo con fuentes judiciales, para alcanzar el número de votos requerido se convocó a un magistrado dirimente, procedimiento previsto en la normativa interna del tribunal.
La sala fue presidida por el magistrado César San Martín Castro, quien encabezó el colegiado que emitió la resolución. El fallo se produjo pocos días antes de que el magistrado pase a la situación de retiro.
Declaraciones y elementos probatorios
Durante la investigación fiscal, el exrepresentante de Odebrecht en el Perú, Jorge Barata, declaró que entregó US$ 300,000 a Susana de la Puente, provenientes del sector de Operaciones Estructuradas de la constructora brasileña.
Estos hechos formaron parte del sustento del Ministerio Público para mantener la investigación abierta. Sin embargo, la Corte Suprema consideró que correspondía declarar fundado el recurso de casación y dar por concluido el proceso penal en esta etapa.
Aspectos administrativos y situación procesal
En el marco del proceso, De la Puente Wiese comunicó formalmente a la Fiscalía su domicilio en Londres, cuando ejercía el cargo de embajadora del Perú en el Reino Unido entre 2017 y 2018, señalando que residía de manera permanente en dicha ciudad.
Por su parte, la Procuraduría Pública Ad Hoc para el caso Lava Jato había solicitado una reparación civil provisional de US$ 4,2 millones, pretensión que quedó supeditada a la evolución del proceso penal y que ahora deberá ser evaluada a la luz de la resolución suprema.
Implicancias políticas y judiciales
El archivo de la investigación representa un nuevo hito en los procesos judiciales vinculados al financiamiento de campañas políticas y al caso Lava Jato, varios de los cuales han sido cerrados en instancias superiores tras recursos extraordinarios.
Desde el punto de vista institucional, la decisión reafirma el rol de la Corte Suprema como última instancia de control de legalidad, aunque también reaviva el debate público sobre los alcances de la persecución penal en casos de presunto financiamiento irregular de la política.
Panorama
Con la resolución de la Sala Penal Permanente, queda archivada la investigación por lavado de activos contra Pedro Pablo Kuczynski y Susana de la Puente Wiese relacionada con la campaña de 2011. El fallo pone fin a este proceso en la vía penal suprema, mientras las autoridades evalúan las consecuencias jurídicas y administrativas derivadas de la decisión.
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