El órgano electoral aplicó la LOE por una sentencia por peculado, mientras desestimó tachas contra el candidato de Renovación Popular pese a su deuda tributaria.

El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 resolvió excluir a Mario Vizcarra de las Elecciones Generales 2026 al declarar fundadas tres tachas por haber consignado en su hoja de vida una sentencia por peculado de 2005, decisión basada en la Ley Orgánica de Elecciones (LOE). En paralelo, el mismo órgano rechazó las tachas presentadas contra Rafael López Aliaga, candidato de Renovación Popular, quien mantiene una deuda coactiva con la Sunat.
Antecedentes y contexto
La resolución del JEE se sustenta en el literal j) del artículo 107 de la LOE, que impide postular a la Presidencia a quienes cuenten con una sentencia por el delito de peculado, incluso si la condena fue cumplida y existe rehabilitación. Tres ciudadanos presentaron las tachas contra Vizcarra —hermano del expresidente Martín Vizcarra— argumentando que el impedimento es de carácter permanente.
El JEE recordó que el Tribunal Constitucional no declaró inconstitucional la Ley 30717, norma que refuerza la inhabilitación permanente para condenados por peculado, al no haberse alcanzado los votos requeridos en su momento. Asimismo, precisó que pronunciamientos posteriores del TC se circunscribieron a delitos de terrorismo y apología del terrorismo, no al peculado.
Decisión del órgano electoral
El colegiado del JEE sostuvo que la exclusión no vulnera el derecho a la participación política, al tratarse de una limitación “razonable, necesaria y proporcional”, orientada a garantizar la idoneidad y probidad de quienes aspiran a cargos públicos. En su resolución, el órgano indicó que las tachas “obedecen a la infracción de requisitos de candidatura previstos en la LOE y demás normas constitucionales y legales”.
La decisión se produce después de que el JEE de Lima Centro 2 declarara inadmisible la postulación de Vizcarra al Senado por la misma causa. El precedente citado por el órgano electoral incluye el caso de Luis Zubia Cortez, cuya candidatura fue rechazada en 2018 pese a su rehabilitación, también por una sentencia por peculado.
Situación de Rafael López Aliaga
En contraste, el JEE rechazó las tachas contra López Aliaga y mantuvo vigente su candidatura presidencial. No obstante, el candidato registra una deuda coactiva con la Sunat superior a S/12,9 millones, información que, según el órgano electoral, no configura causal de exclusión bajo la normativa vigente.
Implicancias políticas
La exclusión de Vizcarra reconfigura el escenario electoral de Perú Primero, que queda sin fórmula presidencial a menos de que la organización adopte acciones legales dentro de los plazos establecidos. Para Renovación Popular, la validación de su candidato despeja un flanco legal inmediato, aunque mantiene el debate público sobre obligaciones tributarias de aspirantes presidenciales.
Panorama
Con esta resolución, el Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 reafirma la aplicación estricta de los impedimentos previstos en la Ley Orgánica de Elecciones, consolidando criterios previos sobre sentencias por peculado y delineando el marco legal que regirá la contienda rumbo a 2026, mientras se abren eventuales vías de apelación ante instancias superiores del sistema electoral.
MENU








