El Poder Judicial declaró improcedente el pedido de la organización política Renovación Popular para ser excluido de la investigación por lavado de activos en agravio del Estado relacionado con aportes de campaña de la empresa Odebrecht.
La decisión fue emitida por el Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional tras concluir que no se cumplen los presupuestos para la figura de extinción de la acción penal.
Como se recuerda, el Ministerio Público imputó al partido político Solidaridad Nacional (hoy Renovación Popular, liderado por Rafael López Aliaga) haber utilizado su estructura organizacional para facilitar y favorecer actos de lavado de activos provenientes de dinero ilícito, dándoles apariencia de legalidad a través de su ingreso como falsos aportes de campaña de 2011 y 2014.
Precisó que, en la campaña presidencial de 2011, Jorge Barata, de la empresa Odebrecht, habría entregado 200 mil dólares a Luis Castañeda Lossio y Jorge Luis Zegarra, dinero que se ingresó al partido a través de falsos aportes.
En la campaña municipal de 2014, de acuerdo a la fiscalía, Luis Castañeda Lossio y Martín Bustamante Castro habrían recibido de la empresa Odebrecht 200 mil dólares y 480 mil dólares de OAS, que también ingreso al partido mediante falso.
Son investigados en el presente caso, José Luna Gálvez, Martín Bustamante Castro, Jorge Zegarra Lévano, Julio Torres Romero, entre otros.