REPUDIO A REPSOL: conoce los daños a la fauna marino costera del derrame de petróleo en Ventanilla

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Serfor determinó la muerte de 1,855 especímenes de fauna silvestre y afectación de otros 198 ejemplares

El derrame de petróleo ocurrido hace un año en el mar de Ventanilla provocó la muerte de 1,855 especímenes de fauna silvestre marino costera y la afectación de otros 198 ejemplares, precisó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor). ANDINA/Jhonel Rodríguez Robles
El derrame de petróleo ocurrido hace un año en el mar de Ventanilla provocó la muerte de 1,855 especímenes de fauna silvestre marino costera y la afectación de otros 198 ejemplares, precisó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor).

El derrame de petróleo ocurrido hace un año en el mar de Ventanilla provocó la muerte de 1,855 especímenes de fauna silvestre marino costera y la afectación de otros 198 ejemplares, precisó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor).

Como consecuencia de este daño a la fauna silvestre, el Serfor inició un Proceso Administrativo Sancionador (PAS) a la empresa Refinería La Pampilla S.A.A. (Repsol) y emitió la Resolución Administrativa N° D000748-2022-MIDAGRI-SERFOR-ATFFS-LIMA, de fecha 14 de diciembre de 2022, que sanciona a dicha empresa con una multa de 1,571 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) equivalente a 7 millones 228,394.46 soles. Además, se le ordena el cumplimiento de medidas correctivas.

Cronología de los hechos

Serfor recordó que el 15 de enero de 2022, la empresa Refinería La Pampilla S.A.A. (Repsol) reportó al OEFA el derrame de hidrocarburo durante el proceso de descarga del buque tanque Mare Doricum, en las instalaciones del Terminal Multiboyas N° 2 de La Refinería La Pampilla, ubicado en el distrito de Ventanilla, en la provincia constitucional del Callao.

Dos días después, el 17 de enero, el personal de la Autoridad Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFS) de Lima acudió a la zona afectada con el derrame del hidrocarburo, a fin de iniciar la investigación preliminar, donde se instaló puntos de constatación, recojo y registro de ejemplares muertos. Para la fauna silvestre viva se realizaron acciones de manipulación y rescate. 

Asimismo, se realizó la evaluación poblacional de la fauna silvestre que habita en las áreas afectadas, identificando que, algunas de las especies se encontraban categorizadas como amenazadas por nuestra legislación nacional. 

Serfor precisó que estos ejemplares vivos fueron trasladados a las instalaciones del zoológico Parque de las Leyendas para su estabilización, rehabilitación, mantenimiento, recuperación y posterior liberación.

Proceso Administrativo Sancionador

El Serfor sostuvo que, bajo ese contexto, se inició el Proceso Administrativo Sancionador (PAS) contra la empresa Repsol por la comisión de infracción tipificada en el numeral 31 del Anexo 2 del Reglamento de Infracciones y Sanciones en material Forestal y de Fauna Silvestre, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2021-MIDAGRI, las cuales son: actuar con crueldad y causar la muerte a 1,855 especímenes de fauna silvestre; y actuar con crueldad respecto a 198 especímenes de fauna silvestre.

Resolución Administrativa

Como parte del desarrollo del PAS en la etapa decisora a través de la ATFFS Lima, se emitió la Resolución Administrativa N° D000748-2022-MIDAGRI-SERFOR-ATFFS-LIMA, de fecha 14 de diciembre de 2022, que resuelve sancionar la empresa Refinería La Pampilla S.A.A con una multa de 1571.3901 UIT (7 millones 228,394.46 soles) y, además, se le ordenó el cumplimiento de tres medidas correctivas, las cuales son:

Realizar la disposición final de los 1,852 especímenes de fauna silvestre, los cuales fueron entregados en los puntos de acopio instalados por la ATFFS Lima del Serfor y por el centro de cría Parque de las Leyendas. Con esto se acreditó la correcta y adecuada disposición final de estos ejemplares como material biocontaminado.

También se estableció que Repsol brinde atención y mantenga a los especímenes vivos de fauna silvestre rehabilitados que no podrán ser liberados y permanecerán en cautiverio durante todo el periodo de su vida, los cuales son los ocho especímenes de la especie pingüino de Humboldt (Spheniscus humboldti), considerando el centro de cría en el cual permanecerán, entregando los recursos necesarios para el mantenimiento de los ejemplares. 

Esto tiene la finalidad de mantener y cautelar el bienestar de los ejemplares que no podrán ser liberados, como consecuencia de haber sido afectados por el derrame de hidrocarburo, protegiendo de esta manera los recursos de fauna silvestre afectados considerados como patrimonio de fauna silvestre de la Nación.

Asimismo, se dispuso que Repsol elabore y ejecute el Plan de Monitoreo en coordinación con la ATFFS Lima y el Serfor, a fin de realizar el monitoreo biológico del estado poblacional de especies de fauna silvestre marina (aves, mamíferos y reptiles) presentes en las playas afectadas por el derrame de hidrocarburo y evaluar el estado situacional de estas (cantidad de ejemplares por especie, grupo etario, evidencia de reproducción y éxito reproductivo, condiciones de alimentación y forrajeo, variabilidad de especies, entre otros).

Impacto socioeconómico

El Serfor afirmó que el derrame ocurrido en el distrito de Ventanilla abarcó 39 playas del norte de Lima, desde Ventanilla hasta el distrito de Chancay, causando impactos negativos a la fauna silvestre, y esto a su vez ocasionó impactos a los servicios ecosistémicos que estos brindan. 

La fauna mencionada son productores de guano – uno de los principales ingresos económicos para el país – y contribuye al desarrollo correcto de la cadena trófica manteniendo el equilibrio del recurso hidrobiológico, del cual los pobladores de la zona aprovechan para su sustento económico diario.

“Como es de conocimiento, muchos de los pescadores de la zona se vieron perjudicados en su economía y sustento diario, toda vez que el hidrocarburo vertido en el mar afectó los recursos hidrobiológicos y a la fauna silvestre, por ello, con el propósito que hagan valer su derecho difuso ante las instancias correspondientes, es que se incorporó al PAS a los terceros administrados, siendo entre estos, a la Asociación de Pescadores del Perú”, refirió el Serfor.  

En ese sentido, subrayó que la Resolución Administrativa emitida por dicha entidad sirve como medio probatorio ante las instancias correspondientes para acreditar que existe una afectación del ambiente, del que es parte de ello la fauna silvestre.

Además, el Serfor elaboró y aprobó la guía para el manejo de fauna silvestre ante eventos de derrame de hidrocarburos en el ámbito marino costero, con énfasis en aves marinas, el cual fue coordinado con diversas instituciones. 

“Se debe tener en cuenta que, en tanto la autoridad competente no determine que los componentes están en óptimas condiciones, es decir, remediadas, el Serfor continuará evaluando la afectación a la fauna silvestre, y de corresponder adoptar acciones técnicas legales que correspondan”, aseveró.

Recurso impugnatorio

Finalmente, el Serfor dio a conocer que la empresa Repsol se encuentra dentro del plazo legal de 15 días hábiles para interponer algún recurso impugnatorio de reconsideración o apelación a la Resolución Administrativa que le impone la mencionada multa y el cumplimiento de las medidas correctivas.

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