Sunafil pondrá valla más alta para trabajadores

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12-1 (nota) (12)Propuesta apuesta a uniformizar criterios en dichos contratos.

La legislación laboral faculta a las empresas, cuando incrementan sus actividades, a contratar a sus trabajadores de forma temporal o por un plazo determinado.

Sin embargo, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil ), pre publicó un proyecto de directiva que, de ser aprobado, pondría una valla más alta que los mínimos legales en la contratación temporal de trabajadores.

Se trata de una norma que busca uniformizar los criterios que la Sunafil utiliza para hacer inspecciones en el país, así como especificar el uso de los distintos tipos de contrato (ver recuadro) y, además, en qué casos se tiene que convertir un contrato temporal en uno permanente. Asimismo, la norma establece los documentos con los que el empleador debe sustentar por qué emite contratos temporales.

Entre los aspectos positivos del proyecto, se restringiría la contratación temporal usada por las entidades educativas bajo el tipo de “contrato por temporada” de los profesores (de marzo a diciembre), y que impide el disfrute de vacaciones y otros beneficios.

Se precisa que los periodos académicos no serían considerados como una justificación para contratar temporalmente, ya que se trata de actividades continuas.

No obstante, también existen aspectos negativos o cuestionables. Por ejemplo, el hecho que en la fiscalización de Sunafil se considere como “estable” al trabajador, si la empresa no puede probar que el incremento en sus actividades es “significativo”.

Al respecto, un especialista dice: “No existe regulación que defina qué se considera como incremento sustancial y se guiará por el criterio del fiscalizador, lo cual es arbitrario”, indicó. Son nueve las modalidades de contratación temporal que permite la legislación laboral, detalló dicho especialista.

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