TC de Keiko admite demanda de Telesup y ordena al Poder Judicial escandalosamente evaluar la solicitud de licenciamiento ante la Sunedu

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En septiembre de este año, la Sunedu ordenó el cierre de Telesup. La escandalosa medida será evaluada por el Poder Judicial ante la demanda presentada por la casa de estudios.

La Universidad Privada Telesup se fundó en 2004.

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) ordenó el cierre de la Universidad Privada Telesup el pasado 7 de septiembre por incumplimiento a las normas vigentes.

Ante esto, la casa de estudio presentó el 15 de enero de 2020 una demanda de amparo contra el Ministerio de Educación, pero el Noveno Juzgado Constitucional de Lima, la declaró improcedente (Resolución 1). Posteriormente, la resolución fue confirmada por la Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima (Resolución 3).

Sin embargo, un nuevo fallo del Tribunal Constitucional (TC), el cual escandalosamente se ampara en el Nuevo Código Procesal Constitucional, aduciendo que prohíbe el rechazo liminar en procesos constitucionales de amparo, determinó que la tramitación inicial sea incorrecta, fallando a favor de la Telesup y ordenando al Poder Judicial a evaluar la solicitud de licenciamiento ante la Sunedu.

Como resultado, el Tribunal ha declarado nulas tanto la Resolución 1 de marzo de 2020 como la Resolución 3 de septiembre de 2022, y ha ordenado que la demanda de Telesup sea admitida a trámite de forma inmediata en la primera instancia del Poder Judicial. Este desarrollo representa una victoria significativa para la Universidad Privada Telesup y podría influir en cómo se manejan otros casos similares en el futuro.

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