Delia Espinoza podrá pedir apoyo de la PNP si JNJ no la repone como fiscal de la Nación

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El juez Juan Torres Tasso ratificó la medida cautelar que ordena su restitución y dejó abierto el uso de la fuerza pública y denuncias por desacato si la JNJ no cumple el plazo fijado.

La suspendida fiscal de la Nación, Delia Espinoza, quedó habilitada para solicitar el uso de la fuerza pública —incluida la Policía Nacional del Perú (PNP)— y la remisión de copias a la Fiscalía por desacato si la Junta Nacional de Justicia (JNJ) no la repone en el cargo antes de la medianoche del lunes 24 de noviembre, cuando vence el plazo establecido por el Poder Judicial. Así lo precisó el juez Juan Torres Tasso, del Noveno Juzgado Constitucional de Lima, al rechazar los pedidos de aclaración presentados por la defensa de Espinoza sobre el alcance de la medida cautelar que suspendió los procesos disciplinarios en su contra y ordenó su reincorporación como titular del Ministerio Público.

Antecedentes: medida cautelar y error en la notificación a la JNJ

El 10 de noviembre, el juez Juan Torres Tasso concedió una medida cautelar a favor de Delia Espinoza. En esa resolución, dispuso la suspensión de los procesos disciplinarios que le sigue la JNJ y ordenó su restitución como fiscal de la Nación, otorgando un plazo de dos días hábiles para que el órgano constitucional emita el acto administrativo correspondiente.

Sin embargo, el Noveno Juzgado Constitucional notificó inicialmente dicha decisión a un domicilio equivocado que no correspondía a la Procuraduría Pública de la JNJ. Este error procesal fue reconocido posteriormente por el propio juzgado, lo que obligó a una nueva notificación.

El 18 de noviembre, la JNJ fue nuevamente notificada, esta vez vía casillero electrónico y en su dirección real en el distrito de Miraflores, con la Resolución N.º 9 y los anexos que disponen la restitución de Espinoza y la suspensión del proceso disciplinario, reiniciando el cómputo del plazo para el cumplimiento de la medida.

La nueva resolución: rechazo al pedido de aclaración y vía abierta al uso de la fuerza

En su más reciente pronunciamiento, el juez Torres Tasso declaró improcedentes todos los requerimientos formulados por la defensa de Delia Espinoza en el marco del pedido de aclaración de la medida cautelar.

La defensa había solicitado, entre otros puntos, precisar la forma de ejecución de la orden de reposición, así como la posibilidad de recurrir de inmediato al uso de la fuerza pública y a la denuncia por desacato frente a la JNJ. El juez respondió que su resolución es “clara” y que no corresponde realizar aclaraciones adicionales en esta etapa.

El magistrado reiteró que:

  • El proceso disciplinario contra Espinoza se encuentra suspendido por mandato judicial.
  • La JNJ cuenta con un plazo de dos días —contados desde la notificación válida— para emitir el acto administrativo de reposición.
  • Cualquier pedido de ejecución forzada, uso de la PNP o remisión de copias por desacato deberá presentarse una vez vencido el plazo fijado.

“En cuanto a su pedido de ejecución forzada, formule su pedido en su oportunidad vencido que sea el plazo concedido en el presente incidente para tal fin”, se señala en la resolución.

Posibles escenarios: desacato, fuerza pública y nuevas actuaciones judiciales

La decisión del juez configura un escenario en el que, si la JNJ no cumple con la reposición de Delia Espinoza dentro del plazo, la defensa podrá:

  1. Solicitar el uso de la fuerza pública
    Pedir que se requiera la intervención de la Policía Nacional del Perú para hacer efectiva la reincorporación de Espinoza en el cargo de fiscal de la Nación, en ejecución de la medida cautelar.
  2. Promover denuncias por desacato
    Solicitar la remisión de copias al Ministerio Público para que se evalúe la eventual comisión de delitos vinculados al incumplimiento de resoluciones judiciales por parte de funcionarios de la JNJ.
  3. Impulsar incidentes de ejecución
    Plantear nuevas actuaciones ante el propio Noveno Juzgado Constitucional para que se adopten medidas adicionales orientadas a garantizar el cumplimiento del fallo cautelar.

Estos posibles cursos de acción dependen de si la JNJ acata o no la orden judicial dentro del plazo que corre desde la última notificación.

La posición del abogado de Espinoza: críticas a la falta de aclaración

El abogado de Delia Espinoza, Luciano López, expresó su disconformidad con la decisión del juez Torres Tasso de no acceder al pedido de aclaración.

En declaraciones a La República, el letrado sostuvo que:

  • “Lamentamos mucho que el juez diga que no tiene nada que aclarar porque su resolución está clara. Y que, lamentablemente, hubo un error del Juzgado en la notificación de la JNJ”.
  • A su juicio, la nueva resolución implica que “hay que esperar a que la JNJ cumpla con el plazo”, lo que considera “lamentable” en términos de celeridad.

López explicó que, al haberse realizado la notificación correcta recién el día anterior, el juzgado no puede declarar aún el desacato, pues el plazo para el cumplimiento de la medida cautelar está en curso.

El abogado añadió que la decisión de no aclarar la resolución “le está dando tiempo a la JNJ”, que ya ha presentado una demanda competencial ante el Tribunal Constitucional (TC) y, según estima, podría haber solicitado una medida cautelar:

“Estas demoras en no notificar debidamente, no querer aclarar algo que es necesario y que ahora ocurre un nuevo plazo, es darle tiempo a la JNJ, para que el TC le pueda dar una medida cautelar”, afirmó, descartando por ahora la presentación de un recurso contra la decisión del juez.

La JNJ y el conflicto de competencias con el Poder Judicial

Este pronunciamiento judicial se suma al conflicto institucional ya abierto entre la Junta Nacional de Justicia y el Poder Judicial en torno al caso de Delia Espinoza.

La JNJ ha presentado una demanda competencial ante el Tribunal Constitucional por lo que considera un “menoscabo de atribuciones” a raíz de la medida cautelar que ordena la reposición de Espinoza y suspende sus procesos disciplinarios. Según la Junta, la resolución de Torres Tasso irrumpe en su ámbito disciplinario y en su autonomía constitucional.

En paralelo, la JNJ sostiene que las decisiones relacionadas con el régimen disciplinario de jueces y fiscales son parte de sus competencias exclusivas, mientras que el Poder Judicial ejerce control constitucional a través de acciones de amparo y medidas cautelares, como en el caso de Espinoza.

El desenlace de este conflicto competencial, hoy en manos del TC, será determinante para fijar criterios sobre:

  • El alcance de las medidas cautelares dictadas por jueces constitucionales cuando afectan decisiones de órganos autónomos.
  • Los límites de la intervención del Poder Judicial en procesos disciplinarios y de gestión interna de la JNJ.

Implicancias institucionales y plazos inmediatos

En el corto plazo, el foco está puesto en el cumplimiento o no de la orden de reposición antes de la medianoche del lunes 24 de noviembre:

  • Si la JNJ cumple el mandato judicial, deberá emitir el acto administrativo que restituya a Delia Espinoza como fiscal de la Nación y acatar la suspensión del proceso disciplinario.
  • Si no lo hace dentro del plazo, la defensa de Espinoza quedará habilitada para solicitar la intervención de la PNP y la remisión de copias a la Fiscalía por eventual desacato, además de promover nuevas actuaciones ante el Noveno Juzgado Constitucional.

Al mismo tiempo, el avance de la demanda competencial ante el Tribunal Constitucional podría introducir nuevos elementos, especialmente si se concede una medida cautelar que afecte la ejecución de la resolución de Torres Tasso.

Panorama

A la espera de que venza el plazo fijado tras la nueva notificación, la situación de Delia Espinoza se mantiene en un punto de tensión entre el Poder Judicial y la Junta Nacional de Justicia. La medida cautelar que ordena su restitución y suspende sus procesos disciplinarios sigue vigente, mientras que la JNJ dispone de un margen concreto para acatar el fallo o sostener su posición en sede constitucional. El curso de las próximas horas y eventuales pedidos de ejecución forzada, incluida la intervención de la PNP, definirá los siguientes pasos en este caso y marcará un precedente relevante sobre la relación entre órganos autónomos y jueces constitucionales en el país.

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