COMISIÓN DE ECONOMÍA ELABORARÁ DICTÁMENES SOBRE ONP CON PROPUESTAS DEL EJECUTIVO

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La Comisión de Economía del Congreso acordó elaborar dos dictámenes para beneficiar a los aportantes de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), tomando en cuenta las propuestas del Poder Ejecutivo en esa materia.

La medida se adoptó con la finalidad de llegar a un consenso y presentar una propuesta que beneficie a cuatro millones y medio de peruanos aportantes al Sistema Nacional de Pensiones, que hoy como consecuencia de la pandemia han visto afectados sus ingresos, informó el mencionado grupo de trabajo.

El primer dictamen se elaborará sobre la base de las observaciones del Poder Ejecutivo a la autógrafa de ley -aprobada por el Congreso el pasado 28 de agosto- que permitía el retiro de aportes en al ONP, de hasta una unidad impositiva tributaria (UIT), equivalente a S/ 4300.

El segundo dictamen se redactará sobre la base de la propuesta planteada por el Poder Ejecutivo (PL 6114) que establece medidas extraordinarias a favor de los asegurados del Sistema Nacional de Pensiones por motivo del impacto de la covid-19 en la economía peruana.

En la sesión de hoy se rechazó una cuestión previa planteada por el congresista Ricardo Burga Chuquipiondo (AP), quien pedía que se invite a la ministra de Economía y Finanzas, María Antonieta Alva Luperdi, para que sustente las observaciones a la autógrafa de ley y presente su alternativa (proyecto de ley) sobre la materia.

Bonos y otros beneficios 

Previamente, fue sustentado el dictamen recaído en varios proyectos de ley -presentados por parlamentarios de diversas bancadas y el planteado por el Poder Ejecutivo- que propone ampliar los derechos pensionarios y otorga bonos extraordinarios a los asegurados del Sistema Nacional de Pensiones como consecuencia de la covid-19.

Con respecto al otorgamiento de mayores prestaciones previsionales a favor de afiliados, se contempla la declaración jurada como mecanismo de acreditación de aportes para aquellos que no hayan podido acreditar adecuadamente la existencia del vínculo laboral con su empleador.

De esta manera, el afiliado puede acogerse, con declaraciones juradas, al reconocimiento de seis años de aportes y ya no solo cuatro, de manera que complete los años de aportes dispuestos para las modalidades pensionarias desde diez a veinte años, para que pueda recibir su pensión.

También se considera la acumulación de contribuciones para acceder a una prestación previsional, a través de la acumulación de aportes del Régimen Especial de Jubilación para la sociedad conyugal o las uniones de hecho.

De esta manera, una pareja de afiliados que no hayan completado sus aportes para recibir una pensión, podrán solicitar juntar sus años de aportes para completar entre los dos el requerimiento y recibir una pensión.

Por otro lado, los que tengan como mínimo 65 años de edad y cumplan con acreditar por lo menos diez años de aportes, y no lleguen a quince, tendrán derecho a una pensión de jubilación de 250 soles doce veces al año.

Así también, los que tengan la misma edad y acrediten por lo menos quince años de aportes, y no lleguen a los 20 años de contribuciones, tendrán derecho a una pensión de jubilación de 350 soles doce veces al año.

La propuesta también contempla que los afiliados que tengan menos de 50 años de edad y 25 de aportes tendrán derecho a una pensión de jubilación adelantada en el SNP.

Por otro lado, la iniciativa sustentada propone un subsidio monetario de 760 soles de manera excepcional y por única vez a favor de los afiliados a SNP en el marco del Bono Universal.

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