CON JUSTA RAZÓN: Fiscales de DDHH rechazan ley que prescribe delitos de lesa humanidad

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Los fiscales que integran el Subsistema Especializado en Derechos Humanos e Interculturalidad del Ministerio Público expresaron su rechazo a la ley, aprobada por el Congreso, que prescribe los delitos de lesa humanidad cometidos en el Perú antes del 2002 y la consideraron incompatible con los estándares internacionales en la materia.

Mediante un comunicado, este grupo de fiscales señaló que esta norma tendría como consecuencia jurídica la conclusión de diversas investigaciones y procesos penales a cargo de las Fiscalías Especializadas en DD.HH e Interculturalidad.

Entre ellas, en la etapa de investigación: los casos Madre Mía, Humaya Chambara, Geotendia, Lurigancho, Paccha I y II, Galván Borja, entre otros; en etapa de juicio oral: los casos Chuschi, Huanta 84, El Frontón, Universidad del Centro, Barrios Altos y El Santa,  Huancapi, Cedruyo, Putis, Lucho Manrique, Soras, Ventocilla, Sobres Bomba, Accomarca, José Navarrete Cabrera, Umasi Raccaya, Mamérita Mestanza, entre otros.

Finalmente, los casos con sentenciacomo Chumbivilcas, Chuschi I, MMMB, Hilario Trucios, Totos, Cabitos 1983, Santa Bárbara, Martín López Rimachi y otros, Leonor La Rosa Bustamante, entre otros. 

“Recordemos que los hechos ocurridos en dicho grupo de casos se relacionan, en su mayoría, a ataques contra la población civil de parte de agentes del Estado en las que se encontraban grupos vulnerables como mujeres, niños y niñas”, dice el comunicado. 

En esa línea, prosigue, la aplicación de la figura de prescripción por hechos cometidos con anterioridad a la entrada en vigor del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional significaría no solo una grave situación de impunidad, sino también un menoscabo a la labor persecutora del Ministerio Público, regulada en el artículo 159° de la Constitución. 

Asimismo, exigen a los integrantes del Congreso el respeto irrestricto de los estándares internacionales en materia de derechos humanos que se erigen de los tratados ratificados por el Estado Peruano y que son vinculantes conforme a la IV Disposición Final y Transitoria de la Constitución Política del Perú. 

En virtud de ello, se encuentran proscritas las disposiciones de amnistía, prescripción y el establecimiento de excluyentes de responsabilidad penal que impidan la investigación y sanción de esta clase de delitos. Esta es una norma de ius cogens que garantiza el acceso a la justicia para las víctimas de vulneraciones de derechos humanos en el Perú.

Los fiscales reafirman la defensa de la legalidad y los derechos humanos en el Perú, además, señalan que permanecerán vigilantes para que, en caso de aprobarse dicha propuesta legislativa, el Ministerio Público adopte las medidas que correspondan en el marco de sus atribuciones constitucionales y legales.

No obstante, precisan que ello constituiría una vulneración al derecho a la verdad, respecto al periodo de violencia de 1980-2000 y a las garantías de no repetición, lo cual puede profundizar las divisiones sociales y étnicas, impidiendo cerrar las heridas del pasado y obstaculizando la construcción de una sociedad justa y pacífica.

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