Los congresistas continúan presionando para aprobar la reelección de alcaldes y gobernadores regionales. Han presentado tres reconsideraciones al presidente de la Mesa Directiva, Eduardo Salhuana, con el fin de someter los proyectos a una nueva votación.
El Pleno del Congreso de la República rechazó con 76 votos a favor, 33 en contra y 6 abstenciones la segunda votación de la reforma constitucional que permitía la reelección inmediata de alcaldes y gobernadores regionales y que, a su vez, eliminaba los movimientos regionales. La iniciativa legislativa buscaba modificar los artículos 35, 191 y 194 de la Constitución Política.
El pasado 29 de mayo, el Parlamento aprobó con 92 votos a favor, 25 en contra y 3 abstenciones el dictamen de los Proyectos de Ley (PL) 2303, 2343, 6375, 2027, 2067, 2225 y 228 con el fin de «fortalecer la democracia representativa». Sin embargo, para aprobar una reforma constitucional, el dictamen debía ser aprobado en dos legislaturas con 87 votos como mínimo.
Dictamen de la Comisión Constitucional rechazado en el Pleno del Congreso.
¿Qué dice la Constitución Política en los artículos 35, 191 y 194?
Luego de que el Congreso rechazara la reforma constitucional del la Constitución Política con 76 votos a favor, 33 en contra y 6 abstenciones la segunda votación de la reforma constitucional, los artículos 35, 191 y 194 no tendrán alteraciones conforme a lo establecido. Cabe recordar, que para que se pueda reformar la carta magna se necesita la aprobación en dos legislaturas con 87 votos. De esta manera quedarán los mencionados artículos:
Artículo 35: «Los ciudadanos pueden ejercer sus derechos individualmente o a través de organizaciones políticas como partidos, movimientos o alianzas, conforme a ley. Tales organizaciones concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular. Su inscripción en el registro correspondiente les concede personalidad jurídica».
Artículo 191: «Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones».
Artículo 194: «Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Las municipalidades de los centros poblados son creadas conforme a ley.
La estructura orgánica del gobierno local la conforman el Concejo Municipal como órgano normativo y fiscalizador y la Alcaldía como órgano ejecutivo, con las funciones y atribuciones que les señala la ley.
Los alcaldes y regidores son elegidos por sufragio directo, por un período de cuatro (4) años. Pueden ser reelegidos. Su mandato es revocable, conforme a ley, e irrenunciable, con excepción de los casos previstos en la Constitución».
Congresistas presentaron 3 pedidos de reconsideración a la votación que rechazó la reelección de alcaldes y gobernadores regionales
Los congresistas Héctor Valer, José Jerí y Alejandro Soto presentaron un pedido de reconsideración a la votación del Pleno del Parlamento que rechazó el proyecto de reforma constitucional, el cual permitía la reelección de alcaldes y gobernadores regionales y que, al mismo tiempo, eliminaba los movimientos regionales. En ese sentido, los 3 parlamentarios hicieron llegar la solicitud al presidente del Congreso, Eduardo Salhuana.
«Tengo el agrado de dirigirme a usted para saludarle cordialmente, y a la vez solicitar la reconsideración de la segunda votación del Proyecto de Ley N° 2027/2021-CR y otros Ley de reforma constitucional que establece la reelección para gobernadores y alcaldes, dictaminado por la comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República», expresaron.
Pedido de reconsideración.
Congreso: bancadas dan la espalda al fujimorismo y rechazaron reelección de alcaldes y gobernadores regionales
El Pleno del Congreso no logró obtener los votos necesarios para la aprobación de los proyectos de ley 2027, 2067 y otros relacionados con la reelección de alcaldes y gobernadores regionales. La votación resultó en 76 votos a favor, 33 en contra y 6 abstenciones, lo que impidió la reforma constitucional de los artículos 35, 191 y 194 de la Constitución. Sin embargo, la bancada de Fuerza Popular votó unánimemente con 16 votos a favor, sin embargo, otras bancadas como Alianza para el Progreso, Podemos Perú y Juntos por el Perú votaron en abstención.
Así votaron los miembros de las bancadas del Congreso:
Bancada | Apellidos y Nombres | Voto |
---|---|---|
Fuerza Popular | Aguinaga Recuenco Alejandro Aurelio | A favor |
Fuerza Popular | Alegría García Arturo | A favor |
Fuerza Popular | Barbarán Reyes Rosangella Andrea | A favor |
Fuerza Popular | Bustamante Donayre Ernesto | A favor |
Fuerza Popular | Castillo Rivas, Eduardo Enrique | A favor |
Fuerza Popular | Chacón Trujillo Nilza Merly | A favor |
Bancada Socialista | Flores Ramírez Alex Randu | A favor |
Fuerza Popular | Huamán Coronado Raúl | A favor |
Fuerza Popular | Infantes Castañeda Mery Eliana | A favor |
Fuerza Popular | Jiménez Heredia David Julio | A favor |
Fuerza Popular | Juárez Gallegos, Carmen Patricia | A favor |
Fuerza Popular | López Morales Jeny Luz | A favor |
Fuerza Popular | Moyano Delgado Martha Lupe | A favor |
Fuerza Popular | Obando Morgan Auristela Ana | A favor |
Fuerza Popular | Olivos Martínez Vivian | A favor |
Fuerza Popular | Ramírez García, Tania Estefany | A favor |
Fuerza Popular | Revilla Villanueva César Manuel | A favor |
Fuerza Popular | Rosángela Barbarán Reyes | A favor |
Fuerza Popular | Santisteban Suclupe Magally | A favor |
Fuerza Popular | Ventura Angel Héctor José | A favor |
Fuerza Popular | Zeta Chunga Cruz María | A favor |
Perú Libre | Balcázar Zelada José María | En contra |
Perú Libre | Cerrón Rojas Waldemar José | En contra |
Perú Libre | Cruz Mamani Flavio | En contra |
Acción Popular | Aragón Carreño, Luis Ángel | En contra |
Renovación Popular | Bazán Calderón, Diego Alonso Fernando | En contra |
Avanza País | Cavero Alva Alejandro Enrique | En contra |
Avanza País | Chirinos Venegas, Patricia Rosa | En contra |
Avanza País | Málaga Trillo George Edward | En contra |
Honor y Democracia | Montoya Manrique, Jorge Carlos | En contra |
Avanza País | Tudela Gutiérrez, Adriana Josefina | En contra |
Alianza para el Progreso | Heidinger Ballesteros Nelcy Lidia | Abstención |
Alianza para el Progreso | Julón Irigoín Elva Edhit | Abstención |
Podemos Perú | Alcarraz Aguero Yorel Kira | Abstención |
Bloque Democrático Popular | Bazán Narro Sigrid Tesoro | Abstención |
Avanza País | Paredes Fonseca Karol Ivett | Abstención |