El Gobierno dispuso operativos de identidad, restricciones de visitas en penales y control conjunto PNP–FF.AA.; se prohíbe dos adultos en moto lineal. La PNP definirá zonas de intervención.

¿Quién? El presidente José Jerí y el Consejo de Ministros. ¿Qué? Declararon el estado de emergencia por 30 días sin toque de queda. ¿Cuándo? Anuncio en mensaje a la Nación; resolución publicada hoy en El Peruano. ¿Dónde? Lima Metropolitana y Callao. ¿Por qué? Para enfrentar la inseguridad y “otras situaciones de violencia”. ¿Cómo? Con control del orden interno a cargo de la PNP, apoyo de FF.AA. y medidas operativas específicas.
Antecedentes y contexto
El Ejecutivo enmarca la medida en un incremento de delitos y episodios de violencia urbana. El anuncio se realizó en un mensaje de 46 segundos y fue seguido por la publicación de la resolución respectiva en el diario oficial, que detalla las acciones coordinadas entre la PNP, las Fuerzas Armadas y serenazgos municipales.
Declaraciones y posturas de actores relevantes
- Poder Ejecutivo: Señaló que la PNP ejercerá el control del orden interno, con apoyo de las FF.AA., priorizando inteligencia y mapas del delito para definir zonas de intervención.
- Autoridades del sector Interior: Anticiparon patrullajes focalizados en paraderos y puntos críticos, y operativos de control de identidad.
- Sistema penitenciario: Se restringen visitas para reducir ingresos ilícitos y se ejecutarán acciones contra telecomunicaciones ilegales dentro de penales.
- Ámbito municipal: Serenazgos apoyarán el despliegue operativo en coordinación con la PNP.
(No se consignan reacciones opositoras o de sociedad civil en el material provisto.)
Cifras, documentos y datos oficiales
- Vigencia: 30 días para Lima y Callao.
- Toque de queda: No aplica.
- Documento: Resolución publicada en El Peruano que regula medidas y encargos operativos.
- Autoridad responsable: PNP a cargo del orden interno; apoyo de FF.AA. y serenazgos.
- Criterios de intervención: Inteligencia, indicadores y mapas del delito.
Medidas principales
- Operativos de control de identidad: A conductores de vehículos motorizados y no motorizados; a extranjeros comprendidos en procedimientos sancionadores; y en inmuebles (con descerraje si corresponde).
- Movilidad en motos lineales: Prohibición del tránsito de dos personas adultas en un mismo vehículo menor de esa categoría.
- Reuniones masivas: Restricciones y fiscalización en espacios de alta concentración.
- Patrullaje focalizado: Paraderos y zonas críticas, con despliegue de fuerzas combinadas (PNP–FF.AA.–Serenazgo).
- Entorno penitenciario:
- Visitas: una semanal para régimen cerrado ordinario; una quincenal para régimen cerrado especial (solo familiares hasta cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad).
- Telecomunicaciones ilícitas: Apagón eléctrico en celdas (se mantiene iluminación mínima), desmontaje y destrucción de antenas ilegales; sostenimiento a cargo de FF.AA.
Implicancias políticas, sociales y económicas
- Seguridad pública: La focalización por inteligencia podría reducir delitos en zonas críticas; su eficacia dependerá de coordinación interinstitucional y evaluación constante.
- Derechos y libertades: Las restricciones demandan aplicación proporcional y motivada, con respeto a garantías y a la fiscalización de la cadena de custodia en operativos.
- Actividad económica y movilidad: El incremento de controles puede afectar tiempos de traslado y logística, especialmente para repartidores y tránsito en vías principales.
- Gestión penitenciaria: La reducción de visitas y acciones contra telecomunicaciones busca limitar delitos desde penales, con necesidad de monitoreo de impactos en la población interna y sus familias.
Próximas acciones, escenarios o consecuencias posibles
- Reglamentación operativa: Directivas internas de PNP y FF.AA. para estandarizar controles, criterios de intervención y reporte de incidencias.
- Monitoreo de resultados: Indicadores de criminalidad y evaluación semanal de zonas intervenidas.
- Supervisión institucional: Informe de cumplimiento a PCM; veeduría de Defensoría del Pueblo y Ministerio Público en operativos sensibles.
- Ajustes normativos: Eventuales precisiones sobre la prohibición en motos lineales y alcances de control de identidad.
- Balance al término del periodo: Decisión sobre prórroga, levantamiento o reformulación de medidas en función de resultados.
Panorama
El estado de emergencia para Lima y Callao rige por 30 días sin toque de queda e introduce controles ampliados y coordinación PNP–FF.AA.–serenazgos. La efectividad dependerá del enfoque en inteligencia, la proporcionalidad en su aplicación y la transparencia de los resultados operativos.