Patricia Chirinos queda fuera: JEE invalida lista de Renovación Popular al Senado

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La resolución concluye que el partido vulneró las normas de democracia interna en la circunscripción del Callao.

El Jurado Electoral Especial del Callao declaró improcedente la lista de candidatos al Senado presentada por Renovación Popular para el Callao, una decisión adoptada en enero de 2026 que excluye a Patricia Chirinos y a Félix Enrique Morales Ubillus de las Elecciones Generales 2026, al verificarse el incumplimiento de las normas de democracia interna exigidas por la ley electoral.

Antecedentes y contexto

La resolución N.° 00148-2026-JEE-CALL/JNE se enmarca en la aplicación del Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos para las Elecciones Generales 2026, que establece la obligatoriedad de que los postulantes al Senado sean elegidos mediante elecciones primarias. En la circunscripción del Callao, cada organización política solo puede presentar dos candidaturas —un hombre y una mujer—, sin habilitación para designaciones directas fuera de los supuestos expresamente previstos.

Hallazgos del órgano electoral

Tras revisar el sistema Declara y la documentación presentada por el personero legal de Renovación Popular, el JEE determinó que solo uno de los dos postulantes fue elegido en elecciones primarias. La resolución precisa que Félix Morales sí participó y resultó elegido en el proceso interno, mientras que Patricia Chirinos fue incorporada por designación directa del partido, contraviniendo el artículo 10 del reglamento aplicable.

En consecuencia, el colegiado dispuso “declarar improcedente la solicitud de inscripción de la lista de candidatos al Senado por la circunscripción electoral múltiple del Callao”, al configurarse un incumplimiento sustantivo de las reglas de democracia interna.

Carácter insubsanable y sin reemplazos

El JEE señaló que la causal verificada es insubsanable, de acuerdo con el reglamento, que considera no corregibles la presentación de listas incompletas y el incumplimiento de la participación en elecciones primarias. Además, precisó que no procede el reemplazo de candidatos porque el plazo para solicitar modificaciones venció el 23 de diciembre de 2025, antes de la emisión del pronunciamiento.

Alcance de la decisión

Como efecto directo, la improcedencia alcanza a toda la lista de Renovación Popular al Senado por el Callao, impidiendo la inscripción de ambos postulantes en dicha circunscripción. Chirinos, quien buscaba retornar al Congreso a través del Senado, queda fuera de carrera en el Callao bajo esta resolución.

Vías de impugnación

La decisión del JEE puede ser apelada ante el Jurado Nacional de Elecciones, instancia que resolverá en última instancia. No obstante, el propio órgano especial ha sostenido que el incumplimiento acreditado no admite corrección conforme a la normativa vigente.

Panorama

La resolución del JEE del Callao refuerza la exigencia de elecciones primarias como requisito obligatorio para las candidaturas al Senado y deja fuera a la lista de Renovación Popular en esta circunscripción. A la espera de una eventual apelación ante el JNE, el caso subraya el peso de las reglas de democracia interna en el proceso electoral de 2026.

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