Indecopi sanciona a Real Plaza Trujillo con casi S/8 millones: Seis muertos bajo un techo que pudo no caer

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El fallo señala negligencias estructurales y protocolos inexistentes en uno de los peores desastres comerciales recientes.

Un año después del colapso del techo del patio de comidas del centro comercial Real Plaza Trujillo, que dejó seis personas fallecidas y al menos 80 heridas, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) impuso una multa de 1.447,5 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a S/7.961.250, al concluir que no se adoptaron medidas preventivas ni protocolos adecuados antes ni después del accidente ocurrido el 21 de febrero de 2025.

Antecedentes y contexto

El derrumbe se produjo en una de las zonas de mayor concurrencia del centro comercial, en la ciudad de Trujillo, región La Libertad. La estructura del techo colapsó de manera repentina durante el horario de atención al público, generando una emergencia que expuso deficiencias en la respuesta inicial y en los sistemas de seguridad del establecimiento.

Tras el accidente, Indecopi inició un procedimiento administrativo sancionador a través de su Comisión de Protección al Consumidor de La Libertad, con el objetivo de determinar eventuales responsabilidades desde el ámbito de la protección al consumidor.

Hallazgos de la autoridad

Según la resolución, la comisión impuso tres multas de 450 UIT cada una a Real Plaza Trujillo por infracciones consideradas graves:

  • No haber adoptado medidas preventivas que evitaran el colapso del techo.
  • No contar con protocolos de atención inmediata para las víctimas del siniestro.
  • No comunicar oportunamente la emergencia al Cuerpo General de Bomberos, a las autoridades de salud ni a la Policía Nacional.

Adicionalmente, se aplicó una multa de 97,5 UIT por no implementar canales adecuados de información para los consumidores, sus familiares y la comunidad tras el accidente.

De manera paralela, Indecopi sancionó con 450 UIT (S/2.475.000) a la empresa Internacional de Títulos Sociedad Titulizadora S.A., al considerar que tampoco adoptó medidas preventivas para evitar el colapso de estructuras que representaban un riesgo para los ciudadanos.

Postura de Real Plaza

A través de un comunicado oficial, Real Plaza Trujillo rechazó la sanción impuesta y anunció que apelará la decisión. La empresa sostuvo que, tras el accidente, brindó atención inmediata a los heridos, mantuvo coordinación permanente con las autoridades y viene firmando acuerdos de compensación con los afectados, además de ofrecer atención médica continuada.

El centro comercial cuestionó las conclusiones de Indecopi La Libertad, al señalar que la entidad habría emitido su resolución sin contar con un análisis técnico propio ni realizar peritajes en la zona del siniestro. Asimismo, remarcó que el peritaje del Ministerio Público sobre las causas del colapso aún no ha concluido.

En su pronunciamiento, Real Plaza afirmó que durante el procedimiento administrativo se habrían producido “vicios que afectan el correcto desarrollo del proceso”, incluyendo presuntas transgresiones al deber de confidencialidad por parte de uno de los comisionados.

Implicancias y escenario abierto

La sanción impuesta por Indecopi se encuentra entre las más elevadas aplicadas por la entidad en materia de protección al consumidor y se da en un contexto de creciente escrutinio sobre las condiciones de seguridad en espacios comerciales de alta afluencia.

Mientras el proceso administrativo sigue su curso en segunda instancia, la investigación penal a cargo del Ministerio Público continúa en desarrollo. Ambas vías avanzan de manera independiente.

Panorama

La resolución de Indecopi marca un punto de inflexión en la respuesta institucional frente a uno de los accidentes más graves registrados en un centro comercial del país. A un año del colapso, el caso sigue abierto en el ámbito judicial, mientras las conclusiones administrativas colocan nuevamente en el centro del debate la responsabilidad empresarial, la prevención de riesgos y la protección efectiva de los consumidores.

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