Afiliados a las AFP podrán iniciar trámite de retiro desde el 16 de mayo

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12-1 OKAquellos afiliados cuyo trámite de jubilación aún no ha terminado sí podrán optar por el retiro del 95.5% de sus fondos.

 El jefe de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), Javier Poggi informó que desde el lunes 16 de mayo los afiliados a las Administradoras de Fondo de Pensiones (AFP), con 65 años o más y aquellos que accedan al Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA), podrán iniciar el proceso para retirar hasta el 95.5% de sus fondos de pensiones disponibles en su Cuenta Individual de Capitalización (CIC).

"El proceso de información, elección y entrega del fondo de la AFP tomará un máximo de 10 días hábiles. A partir del viernes 27 de mayo los primeros afiliados que iniciaron el trámite el lunes 16 de mayo podrán estar recibiendo su fondo", comentó durante la presentación del "procedimiento operativo", documento que servirá como manual para que los aportantes a las AFP que opten por esta alternativa sepan qué hacer para sacar el dinero de sus fondos.

El "procedimiento operativo" que será publicado este miércoles 27 de abril en el Diario Oficial El Peruano, además determina que el afiliado tendrá 7 días hábiles para evaluar la documentación recibida y tomar una decisión debidamente informado.

A partir del octavo día podrá comunicar su elección, acercándose a la agencia de la AFP o por medio remoto (vía telefónica, correo electrónico o medio postal), y si el afiliado opta por el retiro del fondo, la AFP tendrá un plazo máximo de 3 días hábiles para la entrega del porcentaje del fondo que elija el afiliado.

Cabe señalar que los afiliados que pertenezcan al Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA) cuyo plazo se amplió hasta el 31 de diciembre del 2018, ya pueden realizar el trámite del retiro del 95.5% de sus fondos de pensiones si lo desean.

¿Quiénes pueden optar por el retiro?

En conferencia de prensa el representante de la SBS indicó también que aquellos aportantes a las AFP que hayan iniciado su trámite de jubilación pero que este proceso no haya terminado, sí pueden retirar el 95.5% de sus fondos.

Sin embargo anotó que la ley no es retroactiva, es decir aquellas personas que ya cuenten con una pensión de jubilación, no podrán optar por esta alternativa.

"Si alguien ya tiene condición de jubilado, porque ya había elegido un producto previsional ese no está entre los beneficiarios de la ley. Y si alguien ha iniciado el proceso de jubilarse pero todavía no lo ha concluído ese sí podría todavía acogerse a esta opción", acotó.

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