Beneficiadas Áncash, La Libertad y Cajamarca

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12-2 (nota) (80)El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó los índices de distribución del canon minero proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2015, a ser aplicados a los gobiernos regionales y gobiernos locales beneficiarios.

 

De acuerdo con la Resolución Ministerial 203-2016-EF/50 los índices de distribución consideran la información remitida por el Ministerio de la Producción, Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), y del Ministerio de Energía y Minas (MEM).

 

Según esta asignación, la región Áncash será la más favorecida, seguida por La Libertad, Cajamarca, Moquegua y Tacna, que ocupan los primeros cinco lugares por el monto que recibirán .Le siguen en orden de importancia las regiones de Puno, Ica, Cusco, Lima, Junín, Arequipa y Ayacucho. Luego siguen Pasco, Apurímac, Lima Metropolitana (Régimen Especial), San Martín Madre de Dios, Huancavelica, Huánuco, Lambayeque, Callao y Amazonas. 

 

De acuerdo con la norma son 22 regiones las favorecidas por esta distribución, además de Lima Metropolitana que goza de un régimen especial. Están exceptuadas de esta distribución Loreto, Pucallpa y Tumbes.

 

Se debe tener presente que el artículo 77 de la Constitución Política del Perú dispone que corresponde a las respectivas circunscripciones, conforme a ley, recibir una participación adecuada del total de los ingresos y rentas obtenidos por el Estado en la explotación de los recursos naturales en cada zona en calidad de canon.

 

Asimismo, la Ley 27506, Ley de Canon, determina los recursos naturales cuya explotación genera canon, y regula su distribución en favor de los gobiernos regionales y gobiernos locales de las zonas donde se exploten dichos recursos naturales.

 

Además, establece los criterios y porcentajes para la distribución del canon minero a los gobiernos regionales y locales beneficiarios, de acuerdo con los índices de distribución que fije el Ministerio de Economía y Finanzas con base en criterios de población y necesidades básicas insatisfechas.

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