La periodista reconoció el error y pidió disculpas durante la misma emisión. El MIMP, el Ministerio de Justicia y el Colegio de Periodistas de Lima rechazaron la divulgación, mientras que la SNRTV abrió una queja de oficio.

La periodista Milagros Leiva reveló el nombre completo del adolescente identificado como presunta víctima de violencia sexual en el caso del Liceo Naval Almirante Guise durante la emisión del jueves 18 de septiembre de 2026 de su programa Esta Noche, transmitido por Panamericana Televisión.
La divulgación ocurrió mientras la conductora leía en vivo pasajes de la carpeta fiscal correspondiente a una investigación que involucra exclusivamente a menores de edad y cuyo contenido se encuentra sujeto a reserva.
Leiva reconoció inmediatamente lo sucedido y ofreció disculpas públicas. En las horas siguientes, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) y el Colegio de Periodistas de Lima cuestionaron la exposición de la identidad del adolescente.
La Sociedad Nacional de Radio y Televisión (SNRTV) inició, además, una queja de oficio por los hechos ocurridos durante el programa. Hasta el cierre de esta edición, Panamericana Televisión no había emitido un pronunciamiento institucional ni informado sobre la adopción de medidas internas.
LA REVELACIÓN OCURRIÓ DURANTE LA TRANSMISIÓN
Durante la emisión del 18 de septiembre, Leiva leyó parte del relato contenido en la carpeta fiscal y mencionó el nombre completo del adolescente agraviado.
Después de advertir lo ocurrido, la conductora interrumpió su intervención y asumió públicamente la responsabilidad.
“Ha sido un imperdonable error de mi parte mencionar el nombre. Le pido perdón de rodillas a la familia”, declaró.
La disculpa se produjo dentro del mismo programa. Sin embargo, la revelación ya había sido transmitida por televisión y podía haber quedado registrada en las plataformas digitales y redes sociales vinculadas con el espacio periodístico.
La carpeta fiscal corresponde a un procedimiento seguido ante la justicia de familia. La audiencia judicial se realizó de manera reservada porque tanto la presunta víctima como los investigados son menores de edad.
Hasta el momento, ninguna autoridad ha explicado cómo una copia o parte del contenido de ese expediente llegó al equipo periodístico del programa.
TRES INSTITUCIONES RECHAZARON LA DIVULGACIÓN
El MIMP expresó el 19 de septiembre su “enérgico rechazo” a la difusión de la identidad del adolescente.
En su comunicado, el sector sostuvo que exponer públicamente el nombre de una presunta víctima menor de edad vulnera su derecho a la intimidad y puede ocasionarle una nueva afectación.
El ministerio señaló que la conducta podría contravenir el Código de los Niños y Adolescentes y mencionó también el artículo 154 del Código Penal. Asimismo, invocó la Ley 30364 y su reglamento, que establecen obligaciones especiales de protección cuando los medios informan sobre hechos de violencia.
El MIMP exhortó a la SNRTV a evaluar el episodio mediante sus mecanismos de autorregulación.
El Minjusdh recordó, por su parte, que la información relacionada con niños y adolescentes cuenta con protección constitucional y legal reforzada. También advirtió que la exposición indebida de datos personales puede generar responsabilidades, cuya determinación corresponde a las autoridades competentes.
El Colegio de Periodistas de Lima manifestó su preocupación y recalcó que los medios no deben divulgar el nombre, la imagen ni ninguna información que permita reconocer a un menor de edad vinculado con un delito, ya sea como víctima, investigado o testigo.
LA SNRTV ABRIÓ UNA QUEJA DE OFICIO
La respuesta más concreta hasta el momento provino de la Sociedad Nacional de Radio y Televisión, que anunció la apertura de una queja de oficio.
“En vista de los hechos acontecidos en el programa Esta Noche, conducido por Milagros Leiva y emitido el día de ayer 18 de septiembre de 2026 por Panamericana Televisión, la Secretaría Técnica de la SNRTV ha resuelto iniciar una queja de oficio”, informó el gremio a través de su cuenta oficial.
El procedimiento no se limita a evaluar la conducta individual de la presentadora. Comprende los hechos ocurridos en un programa producido y transmitido por una empresa integrante del sistema de radiodifusión.
La queja será examinada según las normas y los mecanismos de autorregulación establecidos en el Código de Ética de la SNRTV. Su apertura no implica que se haya determinado responsabilidad ni anticipa el sentido de una eventual resolución.
PANAMERICANA NO HA INFORMADO QUÉ MEDIDAS ADOPTARÁ
Pese a la reacción de las instituciones públicas, del colegio profesional y del gremio de radiodifusoras, Panamericana Televisión no había difundido un comunicado al cierre de esta nota.
El canal tampoco había informado si inició una investigación interna, si revisará sus protocolos editoriales o si adoptará alguna medida respecto del programa y de su equipo de producción.
No se ha precisado, además, si la emisión fue retirada o editada en las plataformas digitales de la empresa para impedir que el nombre del adolescente continúe circulando.
Hasta ahora, la única respuesta pública procedente del programa es la disculpa ofrecida por Milagros Leiva durante la transmisión.
El contraste resulta evidente: en menos de 24 horas se pronunciaron dos ministerios, un colegio profesional y la SNRTV, mientras que la empresa responsable de la emisión no comunicó públicamente qué acciones tomaría frente a lo ocurrido.
PERIODISTAS PIDIERON SANCIONES Y MAYOR CONTROL
El episodio también generó críticas dentro del propio gremio periodístico.
Juliana Oxenford pidió que se adopten sanciones y recordó que la identidad de una víctima menor de edad nunca debe divulgarse.
Rosa María Palacios cuestionó la respuesta inicial de las autoridades y reclamó el cumplimiento de las normas que protegen la reserva procesal. También planteó interrogantes sobre la forma en que un documento de una carpeta fiscal reservada terminó en poder de un medio de comunicación.
Las críticas no se concentraron únicamente en el error cometido durante la transmisión. También alcanzaron los mecanismos de control editorial que deberían operar antes de exhibir o leer documentos relacionados con investigaciones de violencia sexual y menores de edad.
SEIS ADOLESCENTES CUMPLEN INTERNAMIENTO PREVENTIVO
La cobertura que originó el episodio corresponde a la investigación por una presunta agresión sexual ocurrida el 15 de septiembre de 2026 después de una actividad deportiva del Liceo Naval Almirante Guise.
La presunta víctima es un estudiante de 16 años. Según la información difundida por el Ministerio Público y el Poder Judicial, los hechos habrían ocurrido dentro del vehículo que trasladaba a un grupo de escolares.
El 18 de septiembre, la Séptima Fiscalía de Familia de Lima Centro solicitó cuatro meses de internamiento preventivo contra seis adolescentes investigados.
Ese mismo día, el Tercer Juzgado de Familia de Lima declaró fundado el requerimiento y dispuso su traslado al Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Lima, conocido como Maranguita.
De los diez escolares retenidos inicialmente, cuatro afrontan el proceso en libertad. La medida de internamiento es preventiva y no constituye una sentencia ni determina responsabilidad definitiva.
El Poder Judicial también dictó medidas de protección para el adolescente agraviado, cuya declaración fue recogida mediante cámara Gesell para reducir el riesgo de revictimización.
EL COLEGIO QUEDÓ BAJO REORGANIZACIÓN TEMPORAL
Como consecuencia del caso, la Marina de Guerra del Perú separó preventivamente de sus funciones a la directora del plantel, a un docente y al entrenador del equipo escolar.
El Gobierno también dispuso la reorganización temporal del Liceo Naval Almirante Guise bajo la conducción del Ministerio de Educación hasta el 31 de diciembre de 2027.
Estas medidas se desarrollan de forma paralela a la investigación fiscal y no implican una atribución definitiva de responsabilidad a los integrantes del personal separados.
Las diligencias deberán establecer la participación individual de cada adolescente investigado y determinar si existió responsabilidad de los adultos encargados de supervisar el traslado.
LA LEY PROHÍBE IDENTIFICAR A MENORES VINCULADOS CON DELITOS
El artículo 6 del Código de los Niños y Adolescentes prohíbe publicar, mediante medios de comunicación masiva, la identidad, el nombre o la imagen de niños y adolescentes que aparezcan como víctimas, autores, partícipes o testigos de una infracción o delito.
La protección no se limita al nombre completo. También comprende imágenes, iniciales, vínculos familiares, información escolar y cualquier dato cuya combinación permita reconocer al menor.
El MIMP mencionó además el artículo 154 del Código Penal, que sanciona la difusión no autorizada de aspectos de la vida personal o familiar. La norma contempla un supuesto agravado cuando la divulgación se realiza mediante un medio de comunicación social.
La eventual aplicación de una sanción penal no es automática. Requiere que el Ministerio Público investigue los hechos, determine si concurren los elementos del delito y, en su caso, formule una acusación que posteriormente sea evaluada por el Poder Judicial.
Hasta el cierre de esta edición no se había informado sobre la apertura de una investigación fiscal contra Leiva ni sobre la presentación de una denuncia penal por parte de la familia.
LAS VÍAS QUE PODRÍAN ACTIVARSE
El episodio puede ser examinado en tres ámbitos distintos.
En la vía de autorregulación, la SNRTV deberá evaluar la queja de oficio y establecer si el programa o la empresa incumplieron las obligaciones previstas en su Código de Ética.
En el ámbito penal, corresponderá determinar si los hechos encajan en alguno de los delitos previstos por la legislación y si se cumplen los requisitos para iniciar la acción correspondiente.
En la vía civil, la familia del adolescente podría solicitar una reparación si considera que la divulgación le ocasionó un daño. Hasta el momento no se ha anunciado una acción de esa naturaleza.
Estos procedimientos son independientes y podrían desarrollarse de manera simultánea. Ninguno de ellos ha concluido ni existe, por ahora, una decisión que establezca responsabilidad.
UNA DISCULPA, UNA QUEJA Y UNA RESPUESTA PENDIENTE
Milagros Leiva reconoció que reveló indebidamente el nombre del adolescente y ofreció disculpas públicas durante la misma emisión.
El MIMP, el Minjusdh y el Colegio de Periodistas de Lima rechazaron la divulgación, mientras que la SNRTV abrió una queja de oficio para evaluar lo ocurrido en Esta Noche.
Panamericana Televisión no había explicado, al cierre de esta edición, qué controles fallaron ni qué medidas adoptará para impedir que un episodio semejante vuelva a producirse.
En paralelo, seis adolescentes permanecen bajo internamiento preventivo durante cuatro meses, mientras la justicia de familia continúa investigando el caso principal. La identidad del adolescente agraviado permanece legalmente protegida y no debe volver a ser difundida.







