Gobierno oficializa Estado de Emergencia en San Juan de Lurigancho y San Martín de Porres

0
104

También en los distritos de Sullana, Bellavista y otros de la región Piura

Más de 15 personas heridas se reportan en el distrito de San Juan de Lurigancho tras la explosión de un artefacto aún no identificado, que de acuerdo con los primeros reportes se trataría de productos pirotécnicos o una granada. Foto: ANDINA/Vidal Tarqui
Más de 15 personas heridas se reportan en el distrito de San Juan de Lurigancho tras la explosión de un artefacto aún no identificado, que de acuerdo con los primeros reportes se trataría de productos pirotécnicos o una granada.

    

El Poder Ejecutivo oficializó esta noche el Estado de Emergencia para los distritos de San Martín de Porres y San Juan de Lurigancho en el departamento de Lima.

De igual manera, se dispuso aplicar esta medida para los distritos de Sullana, Bellavista, Marcavelica, Salitral, Querecotillo, Ignacio Escudero y Miguel Checa, pertenecientes a la provincia de Sullana, en el departamento de Piura. 

Se indica, en tal sentido, que en estos lugares quedan suspendidos los eventos sociales y espectáculos en el horario comprendido entre las 00.00 horas y las 04.00 horas.

La declaratoria mencionada se prolongará durante 60 días calendario, se señala en el decreto supremo 105-2023-PCM, publicado esta noche en una edición extraordinaria de la separata de normas legales del Diario Oficial El Peruano.

En este dispositivo legal se indica que el estado de emergencia aplicado a las referidas jurisdicciones implica “la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de reunión y libertad y seguridad personales”. 

Estos se encuentran comprendidos en los numerales 9, 11, 12 y 24, así como en el literal ‘f’ del artículo 2 de la Constitución.

Acciones específicas

Se consigna además que la intervención de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas en las jurisdicciones mencionadas se regirá por lo dispuesto, respectivamente, en los decretos legislativos 1186 y 1095, reglamentado este último por el decreto supremo 003-2020-DE.

Se especifica que el Ministerio del Interior gestionará acciones de la Policía con la Dirección Nacional de Migraciones y la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil.

De igual manera, esta cartera ministerial coordinará con los gobiernos regionales y locales para que se realicen acciones de “fiscalización administrativa” en el transporte público, incluyendo vehículos menores, y en lugares de diversión, espectáculos y hospedajes. 

También se efectuarán acciones de videovigilancia, patrullaje integrado y actualización de los mapas del delito y riesgo.

En el decreto se autoriza además a la Policía a realizar operaciones para fortalecer la seguridad en los establecimientos penitenciarios, en el perímetro de estos y en su espacio aéreo.

LEAVE A REPLY

Please enter your comment!
Please enter your name here