Instituto del Mar del Perú ejecutará pesca exploratoria del recurso perico

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Podrán participar armadores que cuenten con permiso de pesca vigente

Jurel.
Jurel.

    

El Ministerio de la Producción (Produce) autorizó al Instituto del Mar del Perú (Imarpe) la ejecución de la pesca exploratoria del perico (Coryphaena hippurus) entre el 1 y 30 de setiembre de este año, con el objetivo de obtener información biológica-pesquera del citado recurso marino.

Mediante Resolución Ministerial Nº 288-2023-Produce, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, se señala que podrán participar en la pesca exploratoria del perico los armadores que cuenten con permiso de pesca vigente para operar embarcaciones artesanales.

La pesca exploratoria autorizada se realiza bajo las siguientes disposiciones:

– Operar fuera de las 10 millas náuticas de la línea de costa.

– Cumplir con las indicaciones del Imarpe en el marco de la actividad de investigación.

– Emplear espinel de superficie dirigido al recurso perico.

– Contar con equipo de sistema de posicionamiento global (GPS).

– Usar el formato de bitácora de pesca (perico) que, como anexo, forma parte integrante de la presente resolución ministerial.

– La información requerida en la bitácora de pesca (perico) es registrada por el patrón de pesca o un tripulante designado.

– Descargar las capturas en los puntos de desembarque autorizados.

– Entregar la bitácora de pesca (perico) al momento del desembarque al personal del Imarpe, o en su defecto, a los fiscalizadores de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción.

– Cuando fuera requerido, embarcar al personal designado por Imarpe.

– Garantizar la seguridad del personal designado por Imarpe conforme a las disposiciones de la Autoridad Marítima Nacional para personal embarcado.

– Facilitar al personal del Imarpe el análisis biométrico, la colecta de muestras biológicas y el registro de información relativa a la actividad de investigación. Las facilidades se brindan en los puntos de desembarque y a bordo de las embarcaciones, cuando corresponda.

– Entregar al Imarpe, cuando lo requiera, muestras representativas de las capturas, conforme a sus indicaciones.

– Brindar información al Imarpe a través de fotos, apuntes y otros medios, sobre la interacción de la actividad extractiva con depredadores superiores (mamíferos, aves, tortugas y otros).

La descarga total de las capturas efectuadas en el marco de la actividad de investigación se contabiliza como parte del Límite Máximo Total de Captura (LMTC) que se establezca para la temporada de pesca del recurso perico 2023-2024.

Las direcciones involucradas del Produce, así como las dependencias con competencia pesquera de los gobiernos regionales que correspondan y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, realizan las acciones de difusión que correspondan y velan por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución ministerial.

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