JUEZA JANET TELLO: EMPRESAS ESTÁN OBLIGADAS A CUMPLIR CUOTA DE EMPLEO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

0
599

Actividad académica contó con ponentes nacionales y españoles

Fue durante seminario internacional organizado por Comisión de Acceso a la Justicia y Universidad de la Coruña de España

Las entidades públicas y privadas están en la obligación de contratar a las personas con discapacidad (PCD) en los porcentajes establecidos por la legislación sobre este sector vulnerable, a fin de que puedan realizar trabajos dignos y adecuados.

Así lo sostuvo la jueza suprema Janet Tello Gilardien el seminario internacional: “Discriminación en el trabajo e inclusión laboral de las personas con discapacidad. Análisis comparado en la jurisprudencia Perú-España”, organizado por la Comisión de Acceso a la Justicia del Poder Judicial, la cual preside, junto con la Universidad de La Coruña de España.

Como es de conocimiento, la Ley 29973 establece que las empresas públicas están obligadas a contratar PCD en una proporción no inferior al 5% de la totalidad de su personal, y los empleadores privados, con más de cincuenta trabajadores, en una proporción no inferior al 3%.

La magistrada señaló que un perfil sociodemográfico del INEI arroja que más del 39% de la población de catorce y más años con alguna discapacidad participa en la actividad económica, pero desde el “subempleo, en trabajos informales y en condiciones indignas”.

Empero, calificó como “esperanzador” ver los avances de nuestro país conseguidos en los campos legislativo y jurisprudencial en favor de las PCD, así como el cambio establecido por la ConvenciónInternacional, el 2008, que significó pasar de un modelo terapéutico y rehabilitador a uno social.

Agregó, además, que antes que las leyes peruanas modifiquen el reconocimiento de su capacidad jurídica, el Poder Judicial a través de la comisión que preside, trabajó el Protocolo de Atención de las Personas con Discapacidad, instrumento que ha permitido involucrarse en las necesidades de este sector.

CASO EMBLEMÁTICO

Tello Gilardi mencionó, también, el “caso emblemático” del abogado cusqueño Edwin BéjarRojas, actual juez con deficiencia visual “que no tuvo discapacidad para llegar a ejercer la magistratura, pero sí mucha discriminación” en su proceso de selección.

Recordó que este magistrado emitió la primera sentencia que aplicó el control difuso de convencionalidad para reconocer la plena capacidad jurídica de las personas con discapacidad, eliminando la interdicción, lo cual fue “la semilla de todos los cambios positivos que se han suscitado en el país”. 

La actividad académica, llevada a cabo de manera virtual durante dos días, contó en su primera jornada con destacados ponentes españoles como Antonio Luis Martínez-Pujalte López, doctor en Derecho por la Universidad de Valencia, así como de Marta García Pérez y Jorge López Veiga, del Observatorio de Políticas Públicas en Materia de Discapacidad.

Asimismo, de los peruanos Renato Constantino Caycho, profesor en la Pontificia Universidad Católica del Perú; de Elizabeth Caballero Huatuco, coordinadora de la Mesa de Discapacidad y Derechos, y de los especialistas Luis Vásquez Sánchez, Lady Saavedra Zumaeta.

CUATRO MEDIDAS POSITIVAS

Martínez-Pujalte López sostuvo que la reforma legal del Perú en materia jurídica a favor de las PCD es la mejor de cuantas se han hecho en los distintos países con la finalidad de adaptarse a la Convencióny la única plenamente consistente y coherente con el artículo 12 de dicho tratado.

En su ponencia, mencionó cuatro medidas de acción positiva que son aplicadas en España para fomentarla inserción laboral de las PCD, entre ellas las cuotas de reserva para puestos de trabajo, que ha dado buenos resultados en su país. 

Consideró, no obstante, que debe aplicarse esta reserva a empresas de 16 trabajadores, como en Italia y Alemania (en Perú y España se aplica a las mayores de 50), e ir a un porcentaje más elevadodel 3% (como es en su país y en el nuestro), así como vigilar su cumplimiento y dar sanciones severas.

El especialista mencionó que otras de las medidaspositivas son obligar a las empresas que contratan con el Estado cumplir con las cuotas de empleo; fomentar con incentivos económicos (subvenciones, deducciones y bonificaciones) a estas, así como promover la creación de empresas sin ánimo de lucro que impulsen la inserción de las PCD.

“Tan importante como estas medidas de acción positiva es la sensibilización, la intermediación por parte de las organizaciones que trabajan con PCD y trabajar la empleabilidad con una formaciónadecuada”, señaló.

A su turno, López Veiga señaló que la contratación pública en España contempla criterios sociales “transversales y preceptivos”, entre ellas incluir medidas para inserción laboral de esta población vulnerable.

Durante la segunda jornada del seminario, Jacinto Lareo, profesor asociado de la Universidad de Vigo, expuso sobre el principio de no discriminación e igualdad de oportunidades, en tanto que el juez supremo Javier Arévalo Vela trató sobre la discriminación por discapacidad en la legislación laboral peruana.

La clausura del seminario virtual estuvo a cargo del juez supremo Carlos Calderón Puertas.

LEAVE A REPLY

Please enter your comment!
Please enter your name here