Normas legales: Fijan facilidades para dación de licencias de funcionamiento a bodegas

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ANDINA/Difusión

    

El Poder Ejecutivo promulgó la ley que brinda facilidades para la formalización de las bodegas como actividad emprendedora.

Se trata de la Ley 31866 que realiza modificaciones a la Ley General de Bodegueros (Ley 30877) a fin de impulsar su formalización mediante un procedimiento de simplificación de trámites. 

La norma permite que la presentación de documentos para obtener una licencia provisional de funcionamiento de una bodega, puede efectuarse de manera virtual, mediante la página web del municipio correspondiente.

Vigencia y renovación

Este tipo de licencia tiene una vigencia de 12 meses. Si en ese lapso no se detectara ninguna irregularidad, se emitirá la licencia municipal de funcionamiento definitiva, de manera automática y sin costo alguno, se indica en esta ley.

Estas disposiciones serán adecuadas al reglamento de la Ley de Bodegueros (Decreto Supremo 010-2020-PRODUCE)

Se establece también que los municipios deberán de adecuar las herramientas virtuales que correspondan para posibilitar la presentación de los documentos requeridos para el otorgamiento de la licencia provisional de funcionamiento.

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