PARIDAD Y ALTERNANCIA

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    La Defensoría del Pueblo resaltó la aprobación del adelanto de la paridad y alternancia para las elecciones del 2021 en la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República, pues -precisó- representa un avance para lograr una participación política efectiva de las mujeres.

    La necesidad de adelantar estas medidas ya había sido advertida por la institución que sugirió modificar la Ley N° 30996, publicada en agosto del 2019, que estableció la inclusión progresiva de la paridad y la eliminación del voto preferencial (salvo para el 2021).

    De acuerdo con esta norma, para las elecciones de 2021 las mujeres debían ocupar el 40% de las listas; para el 2026, sería el 45% y, recién al 2021, llegarían al 50%.

    Además, no se consideró la paridad horizontal y se estableció una cuota de solo el 40% para las elecciones internas de cada partido, recordó la Defensoría del Pueblo.

    La citada institución recordó que la paridad es una medida que busca garantizar la participación del 50% de varones y 50% de damas en espacios de poder público.

    Mientras, la alternancia es un mandato de posición que obliga a los partidos a ordenar la lista de sus candidatos a una elección bajo una secuencia varón-mujer, lo que impide que estas sean ubicadas en bloque al final de esta.

    Por su parte, la paridad horizontal busca que la mitad de estas listas sean encabezadas por mujeres, explicó.

    En este contexto, la Defensoría del Pueblo consideró “un avance importante la aprobación del adelanto de la paridad y alternancia para las elecciones del 2021”.

     

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