Temer sale con su gusto y logra que senado apruebe nueva ley de trabajo

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FOTO NOTA 1 PAGINA 2 LSLa reforma laboral aprobada este martes por el Senado brasileño flexibiliza las normas de contratación y las rescisiones de contratos y determina la preeminencia de los acuerdos colectivos sobre la legislación.

La nueva ley, respaldada por los mercados, concluyó así su tramitación legislativa y solo espera la promulgación por el presidente Michel Temer.

Las principales disposiciones son: Negociación vs legislación, las que determinan que las convenciones y acuerdos colectivos en las empresas prevalecerán sobre las disposiciones legales en temas como el parcelamiento de las vacaciones hasta en tres veces o la duración de las pausas, a condición de que estas sean de al menos 30 minutos.

Quedan fuera del área de negociación asuntos como el salario mínimo, el aguinaldo o los aportes a un fondo de garantía que el empleado recupera en caso de despido (FGTS), así como la licencia de maternidad de 120 días, la prima de 50% por las horas suplementarias y las normas de seguridad.

También está la jornada laboral: 12 x 36. Esto permite la posibilidad de una jornada de 12 horas de trabajo, con 36 horas ininterrumpidas de descanso.

Al mismo tiempo el trabajo intermitente o discontinuo. Esta es una de las medidas más polémicas, es que se permitirá pagar salarios sobre una base horaria o diaria, pero ya no mensual. El empleador convocará al empleado con un mínimo de tres días de antelación y le informará cuál será la jornada de trabajo. Fuera de ese periodo, el trabajador no estará a disposición de esa empresa.

La ley también crea la figura del trabajador autónomo exclusivo, que podrá prestar servicios a un único empleador pero sin vínculo laboral permanente. También la rescisión de contratos
podrá ser por “mutuo acuerdo” entre empleador y empleado, ya sin necesidad de validación sindical, así como el impuesto sindical que dejará de ser obligatorio el aporte sindical (equivalente a un día de trabajo por año). En adelante, esa contribución será opcional.

Finalmente está la norma de salubridad para mujeres embarazadas, la que determina el apartamiento de mujeres grávidas o con niños lactantes de trabajos considerados insalubres en grado máximo. En trabajos insalubres en grado medio o mínimo, la mujer deberá presentar un atestado médico que proscriba su presencia en esos lugares.

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