Tribunal Constitucional ordena a Rutas de Lima suspender el cobro de peaje en Puente Piedra

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La decisión del Tribunal Constitucional se mantendrá hasta que cese la vulneración del libre tránsito o hasta que la justicia penal se pronuncie sobre el fondo.

El TC advirtió que dicha concesión afecta “de modo irrazonable y desproporcionado” el derecho al libre tránsito de los pobladores de Puente Piedra.

El TC advirtió que dicha concesión afecta
El TC advirtió que dicha concesión afecta “de modo irrazonable y desproporcionado” el derecho al libre tránsito de los pobladores de Puente Piedra.

El Tribunal Constitucional declaró fundada en parte la demanda de habeas corpus presentada contra Rutas de Lima y ordenó que se suspenda el cobro de peaje en el distrito limeño de Puente Piedra. Los magistrados consideraron que se había vulnerado el derecho fundamental al libre tránsito de quienes circulan por esta vía.

Esta decisión se mantendrá hasta adoptar medidas que cesen el “acto lesivo vulneratorio de la libertad de tránsito” o hasta que la justicia penal se pronuncie sobre el fondo mediante sentencia firme para determinar el presunto origen ilícito de la concesión.

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