CONVERSIÓN DE PENA

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La conversión de pena para los deudores de alimentos que acrediten el pago de lo pendiente y la reparación civil tendrá vigencia incluso después de la emergencia por el covid-19, informó el viceministro de Justicia, Alex Rueda.

Explicó que el Decreto Legislativo 1459, por el cual se optimiza el procedimiento de conversión de penas para los deudores, fue emitido en el marco de la emergencia pero su alcance va más allá de ese periodo.

“De aquí en adelante seguirá vigente”, declaró a la Agencia Andina.

Rueda remarcó que la norma apunta a optimizar el procedimiento de conversión de penas, pues ya no se seguirá un procedimiento que implicaba mucha documentación y tiempo.

No habrá audiencia judicial previa para fijar la libertad del interno; este solo deberá acreditar ante el juez el pago de la deuda alimentaria y la reparación civil para dejar la prisión.

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