Fujimorismo presenta nuevo proyecto sobre pena de muerte para violadores

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Iniciativa de Úrsula Letona plantea reformar el artículo 140 de la Constitución

La congresista de Fuerza Popular, Úrsula Letona, presentó un nuevo proyecto de ley que busca aplicar la pena de muerte para violadores. En este caso, se propone modificar el artículo 140 de la Constitución para aplicar la medida a quienes atenten contra menores de siete años de edad.
Actualmente, el artículo 140 de la Constitución establece lo siguiente: “La pena de muerte solo puede aplicarse por el delito de traición a la patria en caso de guerra, y el de terrorismo, conforme a las leyes y a los tratados de los que el Perú es parte obligada”.
Pero la iniciativa de Letona, ingresada al Congreso la tarde del último viernes, busca que se varíe de la siguiente forma: “La pena de muerte solo puede aplicarse por el delito de traición a la patria en caso de guerra, el de terrorismo, y el de violación sexual de menores de siete años de edad, conforme a las leyes y a los tratados de los que el Perú es parte obligada”.
Asimismo, el proyecto de la parlamentaria incluye modificar diversos artículos del Código Penal para incrementar las penas de los delitos de violación sexual en diversas modalidades.
En el caso del artículo 173 del Código Penal, plantea que se modifique señalando que la violación sexual de menores de 7 años de edad se castigue con la pena de muerte. Asimismo, que se aplique cadena perpetua cuando la víctima tenga entre 7 y menos de 14 años de edad. Esta última sanción también se incluye para los casos en los que la víctima fallezca o tenga lesiones graves.
“Además de la reforma constitucional al artículo 140, se propone una reestructuración en la normativa penal respecto a las sanciones a imponer en delitos contra la indemnidad sexual y la libertad sexual, incrementando las penas a fin de fortalecer los mecanismos de prevención y sanción”, comentó la parlamentaria.
En la exposición de motivos, la iniciativa recuerda que la pena de muerte se contempló en el país desde entre 1933 y 1979 en las constituciones, inclusive para delitos diferentes al de traición a la patria y terrorismo. Letona considera viable su aplicación incluso porque, según indica, para la restitución de la medida no es necesario denunciar el Pacto de San José o Convención Americana de Derechos Humanos (aprobada por el Perú en 1978).
“Lo que señala el pacto es q no se puede incorporar nuevo supuestos de penas de muerte. Cuando suscribimos el acuerdo ya había peña de muerte para violadores […] El pacto de San José señala expresamente que en los países que no han abolido la pena de muerte solo podrá imponerse por los delitos más graves”, manifestó. Cabe apuntar, sin embargo, que la norma internacional también refiere que la medida no se debe extender “a delitos a los cuales no se la aplique actualmente”.

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