Proponen que Sunat podría perfeccionar tratamiento a pago de impuestos de influencers

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ANDINA/Difusión

Con respecto al informe de la Sunat en el que concluyen que los influencers deben pagar impuestos a la renta de tercera categoría, Jean Carlo Costa, profesor de la carrera de Derecho Corporativo de la Universidad ESAN, indicó que debería efectuarse un cambio normativo en el que se les incluya en las rentas de cuarta o quinta categoría para evitar cambios de criterios por dicha institución.

El especialista, explicó que, al considerar a los influencers dentro del pago de impuesto por tercera categoría, corresponde aplicar la tasa de 25% o 29.5%, dependiendo del régimen que se acoja (Régimen MYPE o General). En cambio si se les contempla en las rentas de cuarta y quinta categoría, se les podría aplicar entre el 8% al 30%, dependiendo de sus ingresos anuales.

En ese sentido, Costa consideró que la actividad del influencer podría compararse con la actividad de un abogado, un médico, radiólogo, odontólogo, entre otros, por lo que según su análisis no es factible incluir esta actividad como una renta empresarial.

Para Costa, la desventaja que ahora tienen los influencers es que deben tratar sus rentas como empresariales, es decir, tener y llevar libros contables, por ende, contratar un contador, presentar declaraciones mensuales, gravar con IGV sus actividades, lo que podría originar que algunos puedan no cumplir con dichas obligaciones.

Finalmente, el docente de la Universidad ESAN aseguró que todo ingreso a favor del Estado es positivo a fin de poder construir hospitales, colegios, carreteras, puentes, entre otros, así como brindar servicios públicos para todos los peruanos. Sin embargo, dijo que el cambio de criterio efectuado por la Sunat no tendrá un gran impacto en la recaudación debido a que solo tienen identificados 250 influencers y en consecuencia los montos cobrados no serían significativos.

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