Comisiones legislativas aprueban proyecto de ley de Guardaparques del Perú

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Iniciativa impulsada por Minam busca reconocer y profesionalizar labor de más de 700 de estas personas

Proyecto considera aspectos económicos y remunerativos para hacer efectiva la profesionalización del trabajo del guardaparque.
Proyecto considera aspectos económicos y remunerativos para hacer efectiva la profesionalización del trabajo del guardaparque.

    

En una sesión conjunta, las comisiones de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología; y de Trabajo del Congreso de la República aprobaron el proyecto de ley que establece la creación y régimen laboral del Cuerpo de Guardaparques del Perú, a fin de proteger sus derechos y regular los aspectos referidos a sus funciones y cualidades distintivas de su labor.

La iniciativa considera aspectos económicos y remunerativos para hacer efectiva la profesionalización del trabajo del guardaparque, entre los que destaca el acceso a 14 remuneraciones anuales, compensación de tiempo de servicios, asignación por servicio en zona de frontera o de difícil acceso o alto riesgo, además de subsidio por sepelio y luto de fallecer en ejercicio de funciones. 

Cabe resaltar que el proyecto legislativo se establece bajo los principios de interés general, mérito, fortalecimiento de capacidades, igualdad de oportunidades y no discriminación, primacía de la realidad y derecho laboral, seguridad y salud en el trabajo, pertinencia cultural, legalidad y especialidad normativa, así como probidad y ética.

Entre estos principios destaca el compromiso del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp), respecto a fortalecer permanentemente las capacidades de dichas personas para que accedan, en igualdad de oportunidades, a una mejora profesional y remunerativa en base a su desempeño y conocimientos. 

Asimismo, resalta la importancia de incorporar elementos de la diversidad cultural de los guardaparques que pertenecen a pueblos indígenas, teniendo en cuenta sus costumbres y prácticas ancestrales, además de promover su incorporación con enfoque intercultural al personal del área natural protegida.

Esta norma simboliza una reivindicación a los guardaparques, en su labor diaria en beneficio de la conservación, como actores claves en la protección de las áreas naturales protegidas y el desarrollo sostenible de las comunidades asociadas a estos espacios de naturaleza.

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