JNE precisa que decisión sobre la valla electoral es irrevisable

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6-2El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) remitió a la Comisión de Constitución del Congreso la documentación sobre la valla electoral para la cancelación de inscripción de las organizaciones políticas, aplicada en los comicios generales del 10 de abril.

Mediante una nota de prensa, informó que el titular del JNE, Francisco Távara, no asistirá a dicha comisión, a la que fue convocado para sustentar los fundamentos de la Resolución 371-2016-JNE, relacionada con la no aplicación del artículo 2 de la Ley 30414, que incrementa en 1 % la valla para los partidos que participan en alianzas.

Se indicó que debido a que los fundamentos de la decisión del pleno se encuentran contenidos en la mencionada resolución, carece de objeto la presencia de Távara; no obstante, en caso de que sea necesario, se remitió la documentación respectiva.

En la Resolución 371-2016-JNE, aprobada por la mayoría del pleno, se resalta que los procesos electorales tienen etapas que se desarrollan una tras otra, con estricto respeto al "principio de preclusividad".

Esto quiere decir que una vez concluida una fase del proceso no es posible revisar o variar sus resultados en una etapa posterior.

Por último, se precisó que a la fecha de entrada en vigencia de la Ley 30414, el 18 de enero del 2016, el plazo para la inscripción de las alianzas ya había vencido, porque estas se hicieron entre el 13 de octubre y el 12 de diciembre del 2015 (180 y 120 días antes de las elecciones como señala la ley).

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