Corte Superior Nacional de Justicia tendrá competencia en caso Inti Sotelo y Bryan Pintado

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Según resolvió Sala Permanente de la Corte Suprema

ANDINA/Andrés Valle

  

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema estableció que el conocimiento y competencia del proceso referido a las muertes de Inti Sotelo y Bryan Pintado, ocurridos en noviembre del 2020, corresponden a la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, y no a la Corte Superior de Lima.

Así lo dispuso el tribunal supremo, que preside el magistrado César San Martín Castro, al declarar fundado el recurso de casación interpuesto por la Fiscalía Superior contra la resolución de la Sala Penal de Apelaciones Nacional que declaró no tener competencia para avocarse a este caso.  

La sentencia sostiene, en lo que atañe a la dimensión, víctimas y repercusión nacional, que “este caso se trataría de una grave violación de derechos humanos que proscribe el derecho internacional por la actuación desproporcionada de la fuerza contra la población civil que ejercía un derecho reconocido”.

“Los hechos se enmarcan en una protesta nacional con numerosas personas afectadas y repercusión en todo el país, determinaron un cambio de Presidente, generaron grave alarma social y comprometieron la institucionalidad del gobierno. Es evidente, el proceso es complejo por la investigación contra varios agentes y tres delitos comprendidos”, señala la resolución. 

El tribunal indica que los delitos investigados son especialmente graves y están conminados por delitos de homicidio calificado a una pena no menor de 15 años de cárcel. 

“En todo caso, la actividad investigativa y los medios de investigación determinarán lo realmente sucedido y si, como se plantea, se cometieron delitos contra la vida e integridad de los manifestantes en el uso ilícito de la fuerza”, recalcó el tribunal.

Luego de leída la resolución en audiencia virtual, el tribunal supremo la notificó al órgano jurisdiccional superior para la continuación del procedimiento de investigación.

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